Condiciones necesarias para establecer el mecanismo de venta corta en Chile
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Fecha
1995
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
Licencia CC
Resumen
En los últimos veinte años las políticas de desarrollo en Chile se han caracterizado por modernizar e
impulsar el mercado de valores nacional, fundamentalmente mediante la aplicación de una política de
libre mercado, a través de la creación en 1981 del Sistema de Fondos de Pensiones, del proceso
privatizador y de la apertura al exterior, entre otras medidas.
Dentro de este contexto, se puede apreciar que la presencia de los Inversionistas Institucionales en el
mercado de capitales chileno ha causado un gran impacto, tanto a nivel estructural como funcional,
permitiendo una eficiente asignación de recursos entre ahorrantes e inversionistas, con lo que más y
mejores proyectos han podido ser financiados, facilitándose de esta forma, el proceso de conexión
entre el sector real y financiero de la economía.
En 1985 se inició en Chile el proceso de privatización de empresas del Estado. Este proceso,
acompañado del capitalismo popular, fomentó el ingreso de nuevas e importantes compañías al
mercado accionario.
Luego, a partir de 1987 tienen lugar una serie de medidas tendientes a aumentar la inversión externa
en Chile y, dos años más tarde, la creación de los Fondos de Inversión de Capital Extranjero (FICE).
El año 1990 se puede considerar como el punto de partida de una nueva etapa para nuestro mercado,
ya que se da inicio a la internacionalización de las empresas nacionales, a través del mecanismo de los
American Depositary Receipst (ADR).
Dentro del perfeccionamiento y desarrollo del mercado, destacan aspectos como la puesta en marcha
del Depósito Centralizado de Valores, así como aspectos de carácter legislativo. En éste sentido, las
modificaciones a la Ley de Valores, aprobadas en el último tiempo, permiten una mayor
diversificación de los portafolios que administran los Inversionistas Institucionales. Asimismo, se
flexibiliza la salida de capitales de las Administradoras de Fondos de Pensiones y Compañías de
Seguros, lo cual les permite invertir en instrumentos representativos de deuda y capital transados en
bolsas, que cumplan con determinados requisitos de transparencia, regulación, información y
supervisión. A la vez, se autoriza a las Administradoras de Fondos Mutuos a crear fondos
constituidos por carteras de instrumentos extranjeros.
Los hechos antes mencionados constituyen pasos importantes en la búsqueda de un mercado con
mayores niveles de desarrollo e integrado al exterior. A futuro se espera que se produzca el despegue
del Mercado formal de Derivados, dada la nueva norma que autoriza a los Inversionistas
Institucionales a efectuar operaciones de cobertura de riesgos financieros, celebrando contratos de
opciones, fordwards y futuros.
Notas
Tesis (Ingeniería Comercial)
Palabras clave
Ventas, Mercado de Valores, Sistema de Fondo de Pensiones, Modelos Económicos