El delito de detención ilegal cometido por empleado público y su interrelación con el tipo penal del artículo 141 del código penal.
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Fecha
2013
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
INTRODUCCIÓN: Nuestra Constitución Política de la República en su artículo 19 N°7, le asegura a
todas las personas el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual, en
consecuencia, toda persona tiene derecho, entre otras cosas, a trasladarse de un lugar a
otro, a no ser privado de su libertad personal ni ésta restringida sino en los casos y en la
forma determinados por la Constitución y las leyes. Esto último, es lo que se conoce
como “el derecho a la libertad ambulatoria o de desplazamiento”, reconocido además
por diversos tratados internacionales ratificados por Chile y que versan sobre derechos
humanos, garantizado y amparado por nuestra carta fundamental en el numeral 26 del
artículo 19, así como en su artículo 20 con la llamada acción de amparo o “habeas corpus”,
todo lo cual muestra en parte, la importancia y trascendencia que nuestro ordenamiento
jurídico le atribuye al bien jurídico de la libertad personal.
Siguiendo una tendencia hacia la modernización del Estado, el fortalecimiento
del Estado de Derecho, la protección de los derechos fundamentales de los individuos y
la adecuación de la legislación nacional a las exigencias de organismos internacionales en
los que Chile es miembro, nuestro país ha venido realizando en los últimos años
profundos cambios en el ámbito de la justicia, en lo que nos convoca, la reciente reforma
procesal penal, es una clara manifestación de aquello, al establecer una nueva normativa
procesal penal que vino a mejorar el nunca bien ponderado Código de Procedimiento
Penal, respecto del cual existía una percepción generalizada de que estaba obsoleto, era
ineficiente, arcaico, desigual, propio de un sistema absolutista y técnicamente imperfecto.
El nuevo Código Procesal Penal recoge en su texto un sinnúmero de garantías
Constitucionales y principios básicos, dentro de los que se incluye el derecho a la libertad
personal y ambulatoria que mencionaba más arriba.
En este orden de cosas cabe preguntarse entonces, ¿qué ocurre si una persona es
privada o perturbada en el ejercicio de su derecho, amplia y transversalmente reconocido en nuestro
ordenamiento jurídico, a la libertad ambulatoria o de desplazamiento? En principio y como regla
general, ello constituiría violación de sus derechos, pero no cualquier privación o
perturbación importaría aquello, es menester que aquella se efectúe en contravención a la
Constitución y las leyes, de lo que se desprende que pueden existir privaciones al...
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
DETENCION DE PERSONAS -- CHILE, CODIGO PROCESAL PENAL -- CHILE, FULL