La reclusión nocturna : análisis crítico sobre su aplicación y resultados - Ley No. 18.216
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Fecha
1998
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
De acuerdo a la doctrina contemporánea, la pena de prisión
especialmente en su forma clásica de privación de libertad de carácter
continuo debe reducirse al mínimo necesario. Gran cantidad de delincuentes
de baja peligrosidad pueden ser tratados eficazmente en el medio libre y
otros pueden ser sometidos, sin riesgo social, a métodos denominados
discontinuos, que implican detención sólo durante la noche o en fines de
semana.
En ambos casos se evitan las consecuencias nocivas de la prisión,
que en la pena privativa de libertad de corto plazo no permite el ejercicio de
un tratamiento eficaz para obtener la reinserción del delincuente al medio
social y que tiene los siguientes inconvenientes principales: la interrupción o
pérdida del trabajo, la separación y desamparo de la familia, el contagio
criminógeno del delincuente primario y la sobre población carcelaria que
acrecienta los inconvenientes y recarga el sistema penitenciario.
Tratadistas e investigadores expresan que en relación a la prisión, los
métodos no institucionales y semi institucionales de tratamiento poseen un
costo bastante menor y sus resultados son muy superiores a los de aquella,
en cuanto se refiere a la resocialización del delincuente.
Dentro de esta misma orientación, las tendencias actuales sobre
política criminal reflejadas en congresos, reuniones internacionales, y del
conocimiento personal de los expertos, hacen énfasis en la función
resocializadora de la pena por sobre la mera retribución o castigo, entendida
ésta en sus aspectos tradicionales. Sin embargo, no hay duda que la pena
privativa de libertad desempeña una función necesaria en la defensa contra
la delincuencia, pero ella debe admitir una reducción de su área de
aplicación y su prudencial sustitución por otras medidas sancionadoras.
En este contexto y como consecuencia además de la política de
justicia en orden a modificar el sistema penitenciario, para responder a la
concepción moderna de reinserción social del individuo, más que al sólo
cumplimiento de la condena el año 1983 se incorporan a la legislación
nacional las instituciones de reclusión nocturna y libertad vigilada como
medidas alternativas a las penas privativas y restrictivas de libertad de corto
tiempo y modifica la Ley Nº 7.821 sobre remisión condicional de la pena,
para adecuarla a un sistema conjunto de medidas alternativas a dichas
sanciones.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Reclusión Nocturna, Chile, Ley no. 18.216