El Consejo de Defensa del Estado : la investigación preliminar y posterior ejercicio de la acción penal en el delito del lavado de dinero

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Fecha
1999
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Resumen
En el acontecer nacional nos hemos enfrentado a hechos relacionados con el fenómeno del lavado de dinero, que han suscitado gran repercusión, tanto por la espectacularidad de los acontecimientos como por las personas que se han visto involucradas, lo cual hace interesante su debate ya sea para quienes estamos inmersos en el estudio del derecho como para la comunidad en general. Pero a la vez es muy cierto que el conocimiento que se tiene sobre el tema es muy limitado, y uno de los factores que acrecientan este hecho es la complejidad del proceso ya que su naturaleza, origen o usos verdaderos quedan disimulados, facilitado esto, por el empleo de la avanzada tecnología. El tema de nuestro estudio está inmerso en un área del derecho como lo es el procedimiento penal, el cual está experimentando en este momento la reforma más importante y trascendental en la historia del derecho chileno, lo que hace aún más contingente las conclusiones de esta investigación. En nuestro país el lavado de dinero es considerado como delito a partir de 1995, año en el cual se publicó y entró en vigencia la Ley Nº19.366, la que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, incluyendo en su artículo 12 la tipificación del denominado delito de lavado de dinero, estableciéndose en sus artículos siguientes el procedimiento a seguir en la investigación de los hechos constitutivos del delito, y el posterior ejercicio de la acción penal por parte de quien corresponda. Presentado de esta forma el escenario, se planteó en su momento qué órgano sería el adecuado para realizar esta investigación preliminar a la propiamente judicial, y resuelta esta situación determinar quién ejercitaría la acción penal. Es así como ambas funciones quedaron radicadas en el Consejo de Defensa del Estado. De acuerdo a lo previamente expuesto, nos planteamos una serie de interrogantes las cuales podrían ser desarrolladas en un trabajo de titulación como es la realización de una memoria. Estas interrogantes a nuestro entender nos dan la posibilidad de plantear un problema de investigación, el cual se refiere a determinar el por qué la titularidad del ejercicio de una acción de características pública, como es el caso del delito de lavado de dinero, sólo es ejercido por el Consejo de Defensa del Estado. Para desarrollar el problema de investigación hemos considerado apropiado ir efectuando un conjunto de preguntas como: las atribuciones otorgadas por la Ley Nº 19.366 al Consejo de Defensa del Estado; el por qué se efectúa una investigación preliminar con características presumarial, qué circunstancias se consideraron para radicar en el Consejo de Defensa del Estado la facultad exclusiva de ejercer la acción penal, y si se hace necesario que esta facultad se radique en forma monopólica en el Consejo de Defensa del Estado. Además nos parece importante preguntarnos por qué al momento de debatirse la Ley Nº 19.366 no se consideró el actual funcionamiento del Ministerio Público. Y por último por qué nuestro ordenamiento jurídico, aplicando sus normas generales no sería el adecuado para regular en forma pública el ejercicio de la acción.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Lavado de Dinero, Aspectos Jurídicos
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