Derecho de acceso a la información pública versus derecho de terceros
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Fecha
2007
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Primero que todo, debemos entrar a dilucidar ¿qué entendemos por derecho de
acceso a la información pública? "Es el derecho que tienen los / as ciudadanos / as a
acceder a la información sobre hechos o decisiones que tengan relevancia o sean de
interés público.
Por ende, podemos decir que son los integrantes de la nación, los
propios ciudadanos quienes tienen el derecho de requerir la información de los
organismos del Estado que les puedan brindar.
De aquí los esfuerzos por dotar a Chile de una cultura de transparencia y libre
de una cultura de secretismo. Así comenzó a implementarse desde que se formó la
Comisión de Ética Pública de 1994 ideales que propendían dejar atrás las deficiencias
sufridas por nuestro país en materia legislativa respecto del derecho de acceso a la
información pública, las cuales venían acrecentándose durante un largo tiempo.
Con esta comisión se constató el secretismo que se vivía y practicaba al interior
de los organismos del Estado y por eso se elaboraron las bases de la legislación acerca
de la política de probidad y de la responsabilidad que podría acarrear el mal manejo de
la información.
Por tanto, es con la ley 18.575 y su texto refundido con la vigencia del DFL
1/ 19.653 de probidad aplicable a los órganos de la administración del Estado que se
comenzaron a sentar las bases legislativas que debieran impulsar en la práctica los
funcionarios y los órganos estatales con el afán de saciar las necesidades que estaba
teniendo el país en la materia y por sobre todo tratar de adecuarse a la normativa
impulsada internacionalmente.
Ahora bien, ¿esta normativa vino a llenar el vacío existente dentro de la legislación chilena? Y por supuesto, ¿en la práctica se pudo cumplir con las obligaciones creadas por la ley a los órganos del estado en materia de probidad? ¿la legislación creada vino a complementar las normas constitucionales existentes? Y por sobre todo, ¿el derecho de acceso a la información se configura como un derecho absoluto o es posible que este derecho pueda tener limitaciones? ¿cuáles son los derechos de los terceros? Y ¿los intereses de terceros pueden ser protegidos en Chile? Estas son muchas de las preguntas que a continuación tratan de dilucidarse a la luz de la doctrina y legislación existente en nuestro país y además un análisis de alguno de los países que a lo largo de estos años han implementado una legislación que tienda a cultivar una cultura referente al derecho de acceso a la información pública.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Derecho de la Información, Información Pública., Aspectos Jurídicos, Chile