Las inhabilidades de los jueces de la justicia constitucional : ¿cuál es el real alcance constitucional de las implicancias?

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Fecha
2009
Profesor/a Guía
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Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
El sistema procesal constitucional esta fundado sobre la base de principios que pasan a constituir el marco general que dirigirá la normativa vigente de cada legislación. La Constitución esta revestida de valores e ideales sociales y políticos unidos sobre la base de una historia común, de un proyecto país y de un futuro marcado por la búsqueda de un proyecto de estabilidad. Por lo mismo, cuando hablamos del marco que dicta la Carta Fundamental a la hora de crear leyes para dirigir la vida en comunidad, no sólo nos referimos a los principios generales, sino que más bien, estamos haciendo referencia a principios que dan ejecución a estas premisas. Existe en tanto, una fusión del espíritu de la Constitución con máximas que la desarrollan y profundizan, indicándonos cómo debe ser aplicada cada una y cómo esto debe ser traducido en ley. Nos referimos más exactamente a los principios procesales que se entrelazan con la Constitución. El :utículo 19 N º3, es el primer ejemplo y piedra angular de lo señalado anteriormente, ya que se plasma entre sus líneas la idea del "debido Proceso", que debe regir en primer lugar todos los esfuerzos de creación de normas referidas al tema y en segundo lugar, debe desarrollarlos con vista a un justo y racional procedimiento, que son las condiciones que nuestra legislación plantea como mínimos procesales para custodiar los principios de igualdad ante la ley, de seguridad jurídica, de independencia e imparcialidad. Los primeros aquí nombrados como vemos, son principios constitucionales y los segundos, son de aquellos que podemos llamar procesales. A eso se refiere la expresión del párrafo pasado cuando habla de fusión, ya que la suma de los principios constitucionales más los procesales, conforman un macizo de normas encaminadas a proteger los derechos fundamentales de las personas a través de leyes justas destinadas para estos efectos y que son de tanta importancia para la democracia. Más específicamente, el principio consagrado en la Constitución del debido proceso, se ve resguardado por dos máximas de vital importancia. La primera tiene que ver con el principio de INDEPENDENCIA del juzgador y el segundo con el principio de IMPARCIALIDAD. Como señala la doctrina, quien esta mandatado para proteger estos principios son los tribunales de justicia, quienes disponen a través de la legislación de normas y procedimientos suficientes para su cumplimiento y así ponerlos en ejecución...
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Inhabilitación de Jueces, Chile, Sistema Procesal Constitucional, Valores e ideales sociales y políticos
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