El derecho de exclusión en las sociedades de personas
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Fecha
2013
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
El comercio inicia cuando el hombre comienza a vivir en sociedad, una vez que
se establece un núcleo familiar y comienzan a crearse comunidades. El crecimiento de la
comunidad llevó a nuevas formas de vida social, y comenzaron a surgir nuevas
necesidades para mejorar las condiciones alimenticias, de vestido y vivienda. Con los
avances en las técnicas, y con la búsqueda de mayores comodidades, el hombre
comienza la división del trabajo. En lugar de que un hombre cubriera todas sus
necesidades (buscar alimento, vestido, vivienda, etcétera), se especializa en una
actividad e intercambia sus bienes por otros con personas que se especialicen en otra
actividad. En un principio se utilizaba el sistema de trueque, es decir, el intercambio
directo de un bien por otro.
Con la creación de la moneda, que trajo consigo el intercambio de bienes por
dinero y la diversificación del trabajo, acompañado con el desarrollo de las naves
marítimas que permitieron de a poco, modificar la economía del trueque por la de la
compraventa, aumento la complejidad de las relaciones comerciales por la difícil tarea
de que solo una persona fuera capaz de financiar tales negocios o empresas, lo cual
lleva a el surgimiento del fenómeno asociativo.
Las referencias históricas de este fenómeno son variadas y están presentes a lo
largo de todo el devenir de la humanidad:
Toda cultura ha tenido presenta las sociedades, desde el código de Hammurabi es
posible encontrar referencias a las sociedades y a la repartición pareja entre socios de las
ganancias de esta. En el mundo Musulmán a través de la “Shirkat” la cual es “una
comunidad de bienes que en la antigüedad podría abarcar los intereses de toda una comunidad o tribu. Su finalidad fue facilitar la explotación colectiva de bienes de un
determinado grupo”1.
Dentro del derecho Germánico están las llamadas comunidades o marcas de villa,
para luego dar paso a las “Zunfte” muy semejantes a las asociaciones gremiales, con
marcado carácter corporativo. Y por último las “Genossenchaften”, sociedades
contractuales que versaban sobre marcas u objetos, donde se reconocía el derecho de los
socios sobre el patrimonio social.
El estudio Jurídico de las sociedades comienza a desarrollarse en la antigua
Roma, se entiende “en sentido lato Sociedad (societas) como un conjunto de personas o
agrupaciones humanas unidas por un fin común permanente o transitoria”2...
Las sociedades surgieron de la copropiedad familiar, la primera fue la societas
ómnium bonorum que comprendía todos los bienes presentes y futuras de los socios, era
constituida por los hijos a la muerte del padre. “La Sociedad es para los romanos un
contrato consensual y bilateral, por la cual dos o más personas se obligan a poner en
común bienes y trabajo para la obtención de resultados ventajosos para todos”3
Muy interesante resulta analizar la institución llamada “Corpore” o “Corpus”
que tiene cierto grado de parecido con la personalidad jurídica, se le concede de manera
especial a ciertas sociedades cuando el interés del Estado así lo exige, este rasgo
correspondía a un nuevo patrimonio separado de los socios que la constituyen, pero vale
la pena aclarar que sus efectos eran limitados debido a que solo era concedido de forma extraordinaria. Francisco Samper en su libro Derecho Romano explica de muy buena
forma las razones de este trato:
“El reconocimiento de personalidad moral a estas entidades no se debe a la
actividad o voluntad de los asociados, sino a la concesión del Populus Romanus, que
aparece precisamente como la típica y originaria persona social... los romanos no
conciben que finalidades puramente comerciales justifiquen la concesión de
personalidad jurídica a una sociedad...”4
En la edad media al igual que en Roma las sociedades tienen su origen en la
organización familiar, esta etapa se puede apreciar un gran desarrollo del comercio y las
ferias, el moderno sistema bancario se origina como consecuencia de los cambistas
judíos, los títulos de crédito hicieron posible agilizar el sistema económico, facilitando
préstamos y transferencias de dinero, facilitando las operaciones comerciales
internacionales. En la edad media nacen las primeras formas sociales que son
reconocidas hasta ahora, como la sociedad colectiva y la sociedad en comandita.
La edad moderna se caracteriza por una gran evolución y desarrollo del comercio
que contrajo toda una revolución en torno al derecho societario, haciéndose necesario la
regulación de estas instituciones. En esta época surgen las grandes clasificaciones y
categorizaciones, las Sociedades más utilizadas fueron las de Personas, llamadas así
porque se creaban en consideración a la calidad del socio, y en sus habilidades y
conocimientos, los aspectos personales de los socios se hacían necesarios para crear una
sociedad, ya que la idea principal era afrontar los negocios de la mejor forma y se
buscaba tomar ventaja de estas capacidades.
Estas sociedades tienen la característica de ser universales, es decir, el socio
respondía con todo su patrimonio de forma ilimitada ante cualquier deuda que
adquirieran.
Hay que tener en consideración que “el Código civil correspondía, como lo
hemos podido indicar, a la mentalidad y a las preocupaciones de la Francia rural de
1804. Sin embargo, se mostró menos adecuado para la Francia surgida de la revolución
industrial, a partir de 1830”5, nuevos retos mercantiles han hecho evolucionar el
mercado y las formas societarias han experimentado una evolución que en tiempos de la
codificación nunca se imaginaron, y el comercio ha alcanzado a todos los rincones del
planeta, teniendo como punto de partida la globalización, el ánimo de lucro, la
característica que hace necesaria la evolución del derecho comercial, las sociedades
unipersonales vienen a satisfacer una necesidad de mercado, en que una persona sin
necesidad de asociarse con otra, pueda separar su patrimonio de la empresa.
Ahora bien hay que entender que son numerosos los conflictos existentes entre
socios dentro de una empresa, los socios durante el desarrollo de la sociedad pueden
encontrarse en diferentes posturas en la gestión de los negocios particulares o en la
misma dirección en que va encaminada la sociedad, tales como especializarse en
determinada área o distintas ideas respecto a la gestión de la misma o bien puede que un
socio actúe de mala fe defraudando a los demás socio, lo que en la mayoría de las veces
terminan disolviendo la sociedad. Esto se aplica a las sociedades de persona en donde la
figura del socio es importante ya que debido a determinadas condiciones o
características de la persona se elige asociarse.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
PERSONALIDAD JURIDICA, Sociedades Anónimas