La faz punitiva de la responsabilidad civil: los llamados daƱos punitivos y las penas privadas

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Miniatura
Fecha
2007
Profesor/a GuĆ­a
Idioma
es
TĆ­tulo de la revista
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TĆ­tulo del volumen
Editor
Universidad AndrƩs Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
El estudio del sistema de responsabilidad civil requiere, para ser comprendido y dilucidado en cuanto a cuales son sus exigencias y rol dentro del ordenamiento jurĆ­dico de una sociedad, que sea planteado a partir de las funciones y finalidades que pretende perseguir. Ello ademĆ”s permite que el sistema evolucione y se adapte a las necesidades imperantes en una determinada Ć©poca. En ese sentido, este trabajo pretende recoger las posibles funciones que la doctrina ha atribuido a la responsabilidad civil, y en particular la admisiĆ³n de una posible funciĆ³n punitiva. Es asĆ­ como en el primer capĆ­tulo de esta tesina intentaremos dar una visiĆ³n acerca de las funciones que hoy se le pueden atribuir a la responsabilidad civil, en atenciĆ³n a los intereses que involucra. Veremos, primero, en forma breve y general, la evoluciĆ³n de la responsabilidad, para luego continuar con las funciones actuales de la condena pecuniaria, esto es, funciĆ³n reparadora, funciĆ³n preventiva, funciĆ³n punitiva, funciĆ³n declarativa de derechos, funciĆ³n de garantĆ­a personal y funciĆ³n econĆ³mica. En el segundo capĆ­tulo, abordaremos el problema de la funciĆ³n punitiva, particularmente desde el anĆ”lisis de los llamados daƱos punitivos y las penas privadas en tanto constituyen manifestaciones punitivas del derecho civil y dan cuenta de una realidad, que aunque es excepcional, es ineludible: la responsabilidad civil tiene en ciertos casos una funciĆ³n punitiva, en atenciĆ³n a la gravedad y consecuencias de ciertas conductas, en que media por parte del autor una especial culpabilidad o intencionalidad. Veremos que en el Common Law la funciĆ³n punitiva ha tenido un desarrollo mucho mĆ”s expedito que en los sistemas de tradiciĆ³n romano germĆ”nica donde en general se rechaza la posibilidad de que el derecho civil asuma funciones que se consideran propias del derecho penal. Veremos algunos casos de penas privadas contempladas en nuestra legislaciĆ³n, las crĆ­ticas y defensas que se hacen a este tipo de instituciones, cĆ³mo supuestamente las indemnizaciones por daƱo moral participan de esta faceta de la responsabilidad civil. Por Ćŗltimo plantearemos algunas ideas respecto a la admisibilidad de un sistema de penas privadas en ciertos casos, algunos presupuestos y criterios.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias JurĆ­dicas)
Palabras clave
Responsabilidad Civil, DaƱo Punitivo, Chile
CitaciĆ³n
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