Chile y sus obligaciones internacionales emanadas del artículo 2° y 13° de la convención Americana sobre derechos humanos

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Fecha
2007
Profesor/a Guía
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
En nuestro país la libertad de expresión es considerada como un derecho, el cual no es solamente inherente a la persona humana en su generalidad, sino que también como a como un pilar fundamental para la democracia, y su condición de derecho fundamental deriva de la dignidad de la persona. Es por ello que con firmeza podemos pensar que, la protección a los derechos humanos es un objetivo que perseguimos todos los hombres, ya sea frente a nuestros pares o frente a los Estados de los cuales somos parte. Sin olvidar por cierto que es también un objetivo que persiguen los Estados frente a la comunidad internacional. Sin embargo no podemos dejar de lado que: "con frecuencia, se da la paradoja de que hay gobiernos que por la estructura totalizante de sus Estados niegan a sus súbditos el goce real de derechos esenciales". Esta realidad aun la viven muchas personas en el mundo, pero por otro lado contamos con la acción y labor permanente de los organismos internacionales, los que apuntan a lograr y mantener en el tiempo el respeto y promoción hacia estos derechos fundamentales, obteniendo como resultado cada vez una mayor preocupación y conciencia universal con respecto a lo que en verdad representan los derechos del hombre.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Research Subject Categories::LAW/JURISPRUDENCE
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