El derecho y las uniones de hecho : del concubinato en particular

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Miniatura
Fecha
2007
Profesor/a Guía
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
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Resumen
Sabido es que desde tiempos ancestrales el hombre ha buscado su satisfacción, tanto espiritual como material. El derecho por su parte, interviene creando un ordenamiento jurídico que obedece a las relaciones del individuo en sociedad, protegiendo o restringiendo su actividad. Por tanto, es deber del derecho positivo, reglamentar aquellas situaciones, inclusive las sociales, que influyan determinantemente en la vida de cada miembro de la comunidad. Esto, por cuanto son ellos quienes determinan y plantean "las necesidades reales de la comunidad", en tanto componente esencial de la misma. Sin embargo, nuestra legislación -siguiendo la corriente francesa-, ha desestimado hasta nuestros días, aquella unión entre hombre y mujer que, sin estar casados forman una vida en común, produciendo consecuencias jurídicas, tanto en el orden patrimonial como en el personal. El problema surge desde el momento en que el derecho desconoce o, peor aún, reprende esta libre unión, basado en consideraciones morales o ético-sociales que vician su verdadera función. Con todo, no apuntamos a una regulación permisiva, absorta de todo canon sobre convivencia social, sino a un reconocimiento de ésta verdadera institución, perteneciente al derecho de familia. Por todo lo anterior, ¿dónde se encuentra hoy día la diferencia entre el matrimonio y el concubinato? Únicamente en su fuerza obligatoria. Actualmente, en Chile, no existe un estatuto jurídico que aborde el tema con la relevancia social y cultural que éste amerita. Es más, el ordenamiento carece de una definición legal, siendo por ende la figura del concubinato, objeto de innumerables cuestionamientos por un sector de la doctrina nacional al considerar a dichas uniones, como contrarias a una familia cristina, concebida bajo los cánones del contrato matrimonial, abordando la cuestión desde una perspectiva meramente moral y simplista. Así, pensamos que su objeto no es el de ilustrar una figura apartada de lo cotidiano, pues estas uniones vienen tratándose desde al menos, la época romana. Ahora bien, el por que dichas uniones permanecen desprotegidas, es consecuencia del pensamiento y necesidades en los que se sustenta la sociedad en una determinada época. Por tanto, resulta de imperiosa necesidad nacional, encontrar soluciones que armonicen con esta situación jurídico-social que vive, no sólo nuestro país, sino todo el mundo. Con ello, el resguardo y proteccionismo para los cuales fue ideado un estado de derecho tendrán sus raíces arraigadas en los más profundo de la conciencia ciudadana, y así la frase "por el pueblo y con el pueblo" tendrá su más absoluta expresión.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Concubinato, Aspectos Jurídicos, Chile
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