Este Ćtem es privado
El fraude a la ley, como limitaciĆ³n a la aplicaciĆ³n de la ley extranjera
Cargando...
Archivos
Fecha
2000
Autores
Profesor/a GuĆa
Facultad/escuela
Idioma
es
TĆtulo de la revista
ISSN de la revista
TĆtulo del volumen
Editor
Universidad AndrƩs Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
En la actualidad, cuando el Derecho Internacional se ha convertido en
tema recurrente y ha llegado a ser asĆ como un fantasma siempre presente,
semejante a otro llamado opiniĆ³n pĆŗblica, que nadie conoce y que todos citan
en pro y en contra, creemos interesante dedicar un trabajo de estudio, a una de
las numerosas materias que comprende, en su disciplina, el Derecho
Internacional Privado, cual es, el fraude a la ley, como limitante a la
aplicaciĆ³n del derecho extranjero.
El carƔcter sociable del hombre y su naturaleza cosmopolita le han dado
la calidad de ciudadano de la tierra, al que se ha entregado todo el planeta, para
que realice su destino. Permanentemente contrae vĆnculos de todo orden con
sus semejantes, tanto en el lugar en que reside como fuera de sus fronteras.
Estas mĆŗltiples relaciones jurĆdicas de carĆ”cter universal, dieron origen
a lo que autores como Savigny y Jitta, conocieron como una comunidad
jurĆdica universal o una comunidad de derecho, basadas en un principio de
solidaridad social que obliga a los hombres a respetar recĆprocamente sus
derechos sin distinciĆ³n de patrias, como miembros de una familia que persigue
los mismos ideales humanos y en razĆ³n de la interdependencia de sus propios
intereses materiales o espirituales.
Ahora bien, las relaciones de la vida privada, en su mayor parte, no
presentan duda alguna en cuanto a la ley que debe regirlas. Pero la cuestiĆ³n
adquiere otro matiz si uno o mƔs de los elementos personales, reales o formales
ligados a estas relaciones, aparece vinculado con otro paĆs.
La creencia popular de que la astucia puede burlar las leyes estĆ” tan
divulgada como la creencia en la ley misma. Tan pronto como un principio de
derecho ha sido formulado por el legislador o por los tribunales, el espĆritu
humano pone manos a la obra para escapar al precepto establecido, de manera
de obtener el resultado deseado.
El fraude, segĆŗn Josserand, " . .. pertenece a la familia, bastante
numerosa, de aquellas nociones cuya realidad e importancia son reconocidas
por todos, pero cuya significaciĆ³n y alcance permanecen en la penumbra, sin
que por otra parte, se hayan intentado muchos esfuerzos por hacerla salir de
allĆ. Se sabe que el fraude es la negaciĆ³n misma del derecho, que hace fracasar
todas las reglas jurĆdicas, aĆŗn las mĆ”s indispensables, pero cuando se quiere
fijar los rasgos de esta corrupciĆ³n, contra las fechorĆas de las cuales nace la
sagacidad de las naciones, se tropieza con el obstƔculo, y la evidencia deja
lugar a la duda ...
Notas
Tesis (Derecho)
Palabras clave
Derecho Internacional, Dolo, Fraude a la Ley, OpiniĆ³n PĆŗblica, Chile