Sistema de responsabilidad patrimonial del Estado por la actuación de sus órganos en materia sanitaria, establecido por la ley N° 19.966
Fecha
2007
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
El papel que juega el Estado en el campo de la responsabilidad médica, es una
consecuencia de la actividad desplegada por éste y sus Órganos competentes con el
objeto de otorgar las prestaciones de salud a la población. En la actualidad, la doctrina es
unánime al sostener la existencia de una obligación indemnizatoria por los perjuicios que
cause el Estado administrador, la que ha sido acogida en la jurisprudencia reciente.
Pero, ¿Qué ocurre cuando estos agentes de la salud, pertenecientes a los Servicios
de Salud pública, producto de su acción u omisión, generan un daño en el paciente?
La ley N° 19.966 o de las Garantías de Salud del año 2004, más conocida como
la ley del Auge, establece el sistema de responsabilidad por el cual los Órganos del Estado
en materia sanitaria son responsables de las actuaciones u omisiones que causen daños a
los pacientes de los Servicios de Salud públicos.
Notas
Palabras clave
Research Subject Categories::LAW/JURISPRUDENCE