Ineficacia práctica de las medidas cautelares personales en materia procesal penal : citación, detención y artículo 155 del código procesal penal

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Fecha
2010
Profesor/a Guía
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Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
Nuestro país se define en un rango Constitucional como una República Democrática, según lo dispone el artículo 4º de la Constitución Política de la República, lo cual conlleva una serie de consecuencias tanto políticas como jurídicas, siendo en éstas últimas en las que nos centraremos en el presente trabajo, entre las cuales podemos encontrar principalmente el respeto de los derechos fundamentales. Ésta noción de derechos fundamentales "en un sentido filosófico, se refiere a la necesidad de reconocer un rrúnimo de derechos a cada hombre por su condición de persona, derechos que cada hombre debe tener y gozar" 1 Es decir, en un Estado de Derecho como lo es el nuestro, se deben garantizar ciertos derechos que son inherentes con la naturaleza del ser humano, que dicen relación principalmente con ciertas valoraciones sociales tales como la libertad o la igualdad, protegidas en nuestro ordenamiento jurídico de una manera generalizada. El Estado legitimará su accionar, y a su vez, cumplirá con su función, que consiste principalmente en asegurar una convivencia pacífica a los integrantes de la sociedad, en la medida que resguarde de una manera eficaz estos derechos, para lo cual se vale de diversas herramientas que corresponden a las distintas ramas del ordenamiento jurídico. Entre las diversas ramas del ordenamiento jurídico encontramos que la respuesta más drástica que tiene el Estado frente a actuaciones que vulneren los derechos de las personas es el derecho penal, el cual se relaciona con el Ius Puniendi, es decir, el derecho que detenta el Estado para castigar conductas que atenten contra la vida pacífica de los hombres. Lo anterior no quiere decir que el Estado en el ejercicio de su Ius Puniendi pueda castigar de una manera arbitraria determinadas conductas que considere lesivas a los intereses sociales, siendo aquí donde juegan un rol esencial los derechos fundamentales, ya que se establecen una serie de garantías a las personas frente al ejercicio de la facultad castigadora del Estado, que les aseguran un trato digno acorde a su calidad de personas. Así, la persona que es objeto de la persecución penal, es decir el imputado, tiene determinados derechos básicos, todos los cuales se enmarcan dentro de lo que conocemos de manera genérica como un debido proceso, "un proceso racional y justo, que en los hechos se traduce en un límite para el poder del Estado y un resguardo para los ciudadanos respecto de aquél cuando se encuentre sometido a la investigación y ejercicio de la facultad persecutoria del Estado. De manera que cualquier procedimiento que se lleve a cabo, en virtud de lo que hemos denominado proceso, no puede, so pretexto, del esclarecimiento de un hecho delictivo, conculcar de manera alguna las garantías constitucionales de toda persona..."
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Medidas Cautelares, Derecho Procesal Penal, Chile, Consecuencias políticas y jurídicas, Derechos fundamentales de la persona
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