Matrimonio canónico y matrimonio civil : similitudes y diferencias
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Fecha
2008
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Desde hace un tiempo, el país ha experimentado una serie de cambios, ya
sea en el aspecto económico, social, y por cierto jurídico. Se trae con ello
una suerte de revoluciones, que permiten nuevamente formular aspectos
básicos de nuestra legislación, entre ello integrar y plasmar un nuevo
modelo jurídico matrimonial en el ordenamiento que rigió el país por
años.
Con todo, en el orden matrimonial y por cierto a través de un estudio
exhaustivo, podemos identificar ciertas instituciones comunes, mirado
desde un punto ontológico, para un par de ordenes jurídicos; el
ordenamiento jurídico matrimonial Chileno, y el ordenamiento jurídico
matrimonial Canónico.
Se han formulado cambios importantes, ya sea en cuanto al aspecto
formal, como a lo sustantivo en las relaciones que se prestan dentro del
matrimonio y fuera de este una vez disuelto o declarado nulo, sus formas
de nacer a la vida jurídica, y por cierto la innovación mas importante del
punto de vista valórico y normativo, ha sido las nuevas formas de
anulación y disolución del vinculo matrimonial. Asunto que ha
provocado entregar un cierto cuestionamiento por parte de la Iglesia
Católica, y enfrentar dichos cambios formulados a la antigua ley de
matrimonio civil, entregando la posición de la iglesia y dando a conocer
un marcado desacuerdo con los cambios formulados, sobre todo con la
incorporación de una nueva institución Jurídica; el divorcio con
disolución de vinculo.
La Iglesia Católica, acerca del matrimonio, en virtud de una concepción
primordial (en el capitulo primero profundizamos sobre esta materia)
entiende dicho acto como; "aquella institución de derecho natural y
divino positivo que se rige en primer lugar por las leyes entregadas por
Dios.
Por cierto, durante el desarrollo de nuestra memoria expondremos el
derecho matrimonial de la Iglesia Católica latina, entendiendo por tal
aquella parte del ordenamiento canónico que comprende "el conjunto de
leyes propuestas o dadas por la autoridad eclesiástica y que regulan
directamente la materia del matrimonio cristiano sujeta a la jurisdicción
de la Iglesia". Se trata por consiguiente, del estudio del conjunto de leyes
principales de derecho-natural, derecho divino-positivo eclesiástico que
regulan el matrimonio de los católicos: es decir, los destinatarios de estas
normas son todos los bautizados o convertidos en la Iglesia Católica y
que no la hayan abandonado mediante un acto formal.
En nuestro ordenamiento jurídico, las leyes divinas son parte de un
asunto valórico, que aún así, son de mucha importancia para la estructura
jurídica empleada en nuestro régimen legal. Principios tan importantes
sostienen y ratifican los postulados de nuestra Constitución en la nueva
ley, como determinar que "la familia es el núcleo fundamental de la
sociedad" en su articulo primero, en su esencia muy parecida al
establecido dentro del orden canónico.
De lo expuesto, podemos distinguir una diversidad de conceptos en
común, que son pilares bases de la institución del matrimonio. Incluso ya
adelantamos algunos aspectos fundamentales, los cuales serán objeto y
por cierto, los motivos que sustentan esta memoria.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Matrimonio Civil Chile