(IN) Constitucionalidad del artículo 225 del Código Civil chileno.
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Fecha
2014
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
En este trabajo pretendo revisar la (in) constitucionalidad de la norma en cuestión desde un doble punto de vista: formal y material . En primer término, se analizará el art. 225 inciso primero C.C. desde el punto de vista de la igualdad formal.
La Constitución Política asegura a todas las personas la igualdad ante la ley; agrega que ni la ley ni autoridad alguna pueden establecer diferencias arbitrarias, prescribiendo, expresamente, que hombres y mujeres son iguales ante la ley (art. 19 N° 2) .
Lo primero que se debe señalar es que la igualdad constituye, en su esencia, un concepto relacional, esto es, no se verifica considerando a las personas en realidades aisladas sino siempre en términos de comparación entre dos o más personas o situaciones. Estos supuestos, en el caso de análisis, serían el padre y la madre ubicados en situación de cuidar a sus hijos luego de la ruptura matrimonial o de pareja.
En segundo lugar, este principio no excluye la existencia de diferenciaciones entre dos o más personas o situaciones. Lo que realmente proscribe son las distinciones de carácter arbitrario.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Chile, Código Civil, Artículo 225, Filiación