El recurso de casaciĆ³n en el fondo e inaplicabilidad por inconstitucionalidad en cuanto a la aplicaciĆ³n de la ley extranjera en Chile
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Fecha
2000
Profesor/a GuĆa
Facultad/escuela
Idioma
es
TĆtulo de la revista
ISSN de la revista
TĆtulo del volumen
Editor
Universidad AndrƩs Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Para dar inicio a nuestra memoria creemos necesario seƱalar quĆ© es lo que se entiende como "Derecho internacional Privado" que, como todas las demĆ”s ramas del derecho, es decir, un conjunto de reglas o normas de carĆ”cter general; la cual se diferencia de las demĆ”s en cuanto a su objeto. En efecto, las demĆ”s ramas del derecho constituyen el derecho interno o "material", es decir, son disposiciones cuyo objeto es resolver directamente una cuestiĆ³n debatida. En cambio el Derecho Internacional Privado no actĆŗa en esta forma sino que actĆŗa solucionando los conflictos de leyes que son aquellos que existen cuando dos o mĆ”s legislaciones concurren a una determinada situaciĆ³n jurĆdica y sĆ³lo una de ellas debe ser aplicada.
Nosotros dentro de nuestro trabajo de investigaciĆ³n, encontramos una definiciĆ³n de Derecho Internacional Privado que da don AndrĆ©s Bello y que es citada por el autor Diego GuzmĆ”n Latorre en su libro "Derecho Internacional Privado" la cual seƱala:
"Es el conjunto de reglas que sirven para dirimir los conflictos de leyes"
DefiniciĆ³n a la cual adherimos por su acertividad y simplicidad.
Ahora bien, el tema objeto de nuestra memoria, el recurso de casaciĆ³n en el fondo y de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la aplicaciĆ³n de la ley extranjera en Chile, apunta bĆ”sicamente a la importancia que ha tenido el derecho Internacional Privado en la soluciĆ³n de los conflictos de leyes y de jurisdicciĆ³n, a propĆ³sito de que en la actualidad el mundo ha pasado a convertirse en una "aldea global", en la que el hombre pasa a ser un ciudadano del mundo teniendo implicancias en el Ć”mbito social, econĆ³mico, polĆtico y jurĆdico.
Este tema cuenta con escasa bibliografĆa nacional y muy poco tratamiento doctrinario, lo que ha hecho que en la Corte Suprema exista escasa jurisprudencia en cuanto a la materia. Pero, pese a ello hay evidencia empĆrica con relaciĆ³n al tema ya que en la actualidad se aplican legislaciones internacionales en Chile, basados en algunos artĆculos de nuestro ordenamiento jurĆdico como por ejemplo el Art. 5 0 .
Inciso 2 0, parte final, de la ConstituciĆ³n PolĆtica de la RepĆŗblica de Chile. Otros
ejemplos son los que encontramos en el CĆ³digo Civil, en el TĆtulo Preliminar, pĆ”rrafo 3, artĆculos 14, 15, 16, 17, 18. En el libro Primero, DE LAS PERSONAS, tĆtulo IV, DEL MATRIMONIO, artĆculos 120 y 121. En el Libro Tercero DE LA SUCESIĆN POR CAUSA DE MUERTE Y DE LAS DONACIONES ENTRE VIVOS, tĆtulo I, artĆculo 955; normas todas, en las que la ley chilena autoriza aplicar la ley extranjera que corresponda.
AsĆ, puede ser que estas normas sean aplicadas con infracciĆ³n de ley o sean inconstitucionales (las leyes extranjeras) es decir, contrarias a la ley vigente en Chile. Por esto consideramos que estamos frente a un tema novedoso e interesante para el estudio del derecho, debido a los alcances que esta temĆ”tica tiene en la actualidad.
Por lo anterior serĆ” necesario analizar los recursos que son objeto de nuestro estudio, tanto desde el punto de vista doctrinario asĆ como tambiĆ©n su consagraciĆ³n actual en la ConstituciĆ³n de 1980. En este sentido y para lograr una mayor claridad del tema propuesto, precisaremos, sĆ la ley extranjera es considerada como un hecho o un derecho en nuestro paĆs, lo que, en la actualidad, continĆŗa siendo una discusiĆ³n jurĆdica, ya que la doctrina es contradictoria.
El recurso de casaciĆ³n en el fondo y el de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, tienen relevancia jurĆdica, tanto en materia constitucional como procesal, asĆ como tambiĆ©n en Derecho Internacional Privado.
Notas
Memoria (Licenciado en Ciencias JurĆdicas)
Palabras clave
Recurso de CasaciĆ³n, Derecho Internacional Privado, Chile