Adecuación en nuestro ordenamiento jurídico de las modificaciones a la Ley n° 18.600 sobre discapacitados mentales
Cargando...
Archivos
Fecha
2014
Autores
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
En conformidad a nuestra Carta Fundamental, los Tratados Internacionales y
nuestra legislación nacional, es menester preguntarse si son admisibles los principios,
garantías y reglas a nuestro sistema que está abierto constantemente a mutaciones, y si
esas normas que se han incluido a través de los años incluirán a los individuos que
posean una incapacidad, ya que puede ocurrir que por su condición o equiparación
puede que no tengan alguna posibilidad de recibir la adecuada protección y medios para
el desenvolvimiento en sociedad, o bien dicho de otra forma una "restricción o ausencia
de la capacidad de realizar una actividad dentro de un margen que se considera normal
del ser humano." Esto ha sido modificado en la ley N° 18600, en que su objetivo era
tornar un sentido amplio al concepto de discapacidades para evitar las particularidades, y
antiguamente antes de la promulgación de dicha ley, las personas no se encontraban en
posición de igualdad con las otras, o bien su tratamiento no proporcionaba una base
contundente dentro del marco jurídico de los derechos de las personas con discapacidad
mental. Sin embargo, parte de la doctrina, señala que aún hay personas que no se
circunscriben dentro del marco de protección a esta legislación y señalando la falta de
flexibilización que tienen las normas del Código Civil en cuanto a que son "blancas o
negras", es decir, una persona es demente o puede tener un juicio pleno.
De acuerdo a lo expuesto, es debido en primer lugar abordar acerca de cuáles
fueron los cambios sustanciales de dicha ley y en entre ellos se encuentra la definición
de discapacidad mental, la adecuación que ésta tuvo de acuerdo a las ratificaciones e
inclusiones a la "Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho de las Personas
con Discapacidad y su Protocolo Facultativo" y las fuentes comentadas para poder así
determinar si los individuos se incluirán al resguardo por parte de la sociedad.
Conforme a la investigación, se puede incluir la interrogativa si el ordenamiento
jurídico adecúa las situaciones a la legislación y si ocurriese el caso contrario, encontrar
la manera y procedimiento para poder incluir a todas las personas en su derecho de
igualdad ante la ley e igualdad de oportunidades. Por tanto, el enfoque principal es si
esas normas corresponden a la realidad en la aplicación del derecho vigente y si
circunscribe a todas las personas cuya desventaja tienen un desarrollo mental deficiente,
suspendido o detenido.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Chile. Ley no. 18.600, Personas con Discapacidad Mental, Legislación, Chile