Evolución de la patria potestad en el Código Civil chileno

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Fecha
2001
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
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Resumen
La Filiación, crea un conjunto complejo de relaciones entre padres e hijos reguladas por el derecho, cuyo contenido se encuentra decisivamente influenciada por aspectos morales y religiosos, por lo demás característico de todo el Derecho de Familia, y que permiten conocer claramente el sistema de valores imperantes en el legislador de la época. Ya al iniciar el título IX del Libro 1, el artículo 219 del Código Civil nos señalaba que "los hijos legítimos deben respeto y obediencia a su padre y a su madre.. .". Por ello, con propiedad un autor había dicho que algunas de estas relaciones resultaban tan esencialmente morales que al traducirlas en normas positivas no lograba el legislador hacerlas coercibles, como el deber de respeto de los hijos para con los padres. Consecuente con estas ideas, las relaciones que se producen entre ascendientes y descendientes, transitan con mayor fluidez en el ámbito de lo estrictamente personal, aunque desde luego existen las relaciones patrimoniales, pero ellas quedan subordinadas a las primeras. Ello desencadena, en la constitución de un verdadero "estado" de familia, del cual arranca la autoridad paterna como la relación personal por excelencia, y la patria potestad, como relación patrimonial, que surge y se sujeta a aquella. En el presente trabajo, se presenciará la estrecha vinculación existente entre el derecho patrimonial y los principios rectores de los derechos de familia. En consecuencia, en materia de patria potestad nada aparece categóricamente definido, como, por ejemplo, el más árido tratamiento del eventual patrimonio de un hijo de familia, descansa sobre cimientos propios del derecho de menores.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Patria Potestad, Chile, Código Civil
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