Exhortos o comisiones rogatorias en el derecho internacional privado

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Fecha
2008
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
El derecho internacional privado es "aquella rama de las ciencias jurídicas que, en los casos en que existan varias legislaciones concurrentes o divergentes aplicables, determina la ley competente para resolver el conflicto y el tribunal llamado a conocer de él". Cabe al derecho internacional privado regular las relaciones jurídicas que trascienden fronteras así como determinar los procedimientos aplicables a la solución de conflictos privados internacionales. Es dentro de este piano que nace la función del exhorto internacional en el derecho internacional privado como herramienta procesal destinada a permitir el transito de resoluciones jurisdiccionales de un país a otro. De este modo, desde que las funciones jurisdiccionales se radicaron en los Tribunales de Justicia, se ha establecido que dichas funciones estarán adscritas a un determinado territorio de acción en el cual el tribunal tendrá competencia. Sin embargo, en muchas ocasiones es necesario para el correcto funcionamiento de la administración de justicia, que los tribunales realicen diligencias o actuaciones judiciales fuera del territorio de su jurisdicción, para lo cual deben solicitar al tribunal competente de ese territorio que ejercite dicha actuación. Esta solicitud que emana del tribunal que esta conociendo del asunto se denomina "Exhorto" o "Comisión Rogatoria" (también conocido como "Carta Rogatoria"). De este modo, el exhorto es un mecanismo procesal que tiene por objeto el tránsito de diligencias o actuaciones judiciales fuera del territorio de jurisdicción de un tribunal. El exhorto puede operar internamente entre tribunales chilenos, o internacionalmente entre tribunales de diferentes países, en cuyo caso se denomina "Comisión Rogatoria" o "Carta Rogatoria".
Notas
Tesis (Derecho)
Palabras clave
Exhorto, Derecho Internacional Privado
Citación
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