Tratamiento de la nueva filiación única contemplada en el Código Civil chileno: análisis de los títulos VII a X introducidos por la ley No.19.585 en comparación con la normativa derogada, ¿igualdad absoluta o parcial?
Cargando...
Archivos
Fecha
2002
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Nuestro Código Civil, de acuerdo a la época de su dictación y, a las
normas imperantes en la sociedad de aquel entonces, reglamentó todo el Derecho
de Familia sobre la base de la moral, considerando a la familia principalmente
como un " Conjunto de personas entre las que median relaciones de
matrimonio o de parentesco (consanguinidad, afinidad o adopción) a las
que la ley atribuye a un efecto jurídico; por lo tanto, son varios los
elementos que debemos considerar durante el curso de nuestra investigación, la
cual recae, principalmente, en el estudio del concepto y evolución del término
"Filiación" en nuestro ordenamiento jurídico, el que, en una primera
aproximación al tema podemos definir como "Un hecho natural, una relación biológica que une a procreantes y procreados, relación que pasa a ser jurídica, en cuanto se encuentra reconocida y regulada por el Derecho".
Sin duda que muchos coincidirán con nosotros en el hecho de que la
antigua normativa era fuertemente discriminatoria, existiendo, hasta antes de la
entrada en vigencia de la ley y objeto de este análisis, tres clases o tipos de
filiación: La Legítima, La Ilegítima La Adoptiva. En cambio, en la actualidad
nos enfrentamos tan sólo con dos clases de filiación, La filiación por naturaleza
y la por adopción.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Filiación, Legislación, LEY 19.585, Derecho Civil