Del derecho real de herencia: análisis crítico

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Fecha
2011
Profesor/a Guía
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
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Resumen
El objeto general de la presente investigación, como ya lo manifestamos, es la herencia, pero más precisamente, nos adentraremos a analizar la naturaleza jurídica de ésta institución. Si obedecemos rigurosamente el tenor de la ley, sabremos inequívocamente que la herencia en el Derecho nacional, es un derecho real, conforme al artículo 577. Empero, si hacemos eco, de toda la regulación que ha establecido la ley para ésta institución, así como también, de todos los efectos jurídicos que se originan con la concepción real de la herencia, es plausible al menos, considerar que la naturaleza de "derecho real" de la herencia, en los hechos y en lo práctico no tiene asidero ni sustento jurídico, por lo que a juicio del autor, tal construcción propia de nuestro Derecho (según lo veremos), es absolutamente superflua y redundante. Ya en un terreno más particular, y a partir del estudio acabado de sus características, modos de adquirir, acciones que la protegen, y de todo el tratamiento legal que existe, creemos que el carácter universal y metafísico de la herencia, no se justifica en lo más mínimo, por lo que habiendo bienes inmuebles en la herencia, su tradición queda sujeta a lo establecido en el artículo 686, vale decir, a la inscripción en el Conservador.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Derecho Sucesorio, Chile, Derecho de Familia
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