Dal Pozzo Cerda, SebastiánIbarra Erisa, Marcia PatriciaLetelier Vargas, Maria del RosarioFacultad de Ciencias Jurídicas2019-06-172019-06-172008http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/9179Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)El debido proceso constituye el presupuesto básico de un Estado de Derecho, y por ello el ordenamiento jurídico debe implementar normas que permiten efectivamente garantizar a la comunidad, la correcta aplicación de la ley ante la comisión de hechos ilícitos, constitutivos de delitos, que vulneren los derechos fundamentales de las personas, a través del ejercicio del Poder punitivo del Estado, y en contrapartida el respeto y observancia a las garantías procesales, que tienen por objeto el resguardo de la dignidad humana. Ello, ha de ser la tarea fundamental que ha de comprender la agenda anual de gobierno, entre diversos propósitos, cuya finalidad se concentra, en la consecución de objetivos relacionados íntegramente con el bien común, entendido como el bienestar del individuo en sociedad. Precisamente este es el objetivo que ha tenido la Nueva Reforma Procesal Penal, introduciendo modificaciones sustanciales en materia procesal, entre las cuales encontramos el derecho del imputado a guardar silencio, consagrado en el articulo 93, letra g), del Código Procesal Penal, que en el desarrollo de el presente trabajo ha de ser nuestro objeto de estudio. Este derecho constituye una garantía procesal fundamental, cuya aplicación permite configurar apropiadamente el debido proceso, junto con la correcta y oportuna aplicación de otras disposiciones que tienen la misma finalidad. Resulta imposible establecer el verdadero sentido y alcance de esta garantía aisladamente, pues se encuentra estrechamente vinculada a otros derechos y principios que constituyen la base de nuestro Sistema Procesal Penal, siendo entre estos los de mayor importancia, el Derecho a no auto incriminarse, y el Principio de inocencia.esDerecho Procesal PenalReforma Procesal PenalChileEl derecho a guardar silencioTesis