Castillo Saldías, AliciaMaldonado Santibáñez, DanielaFacultad de Ciencias Jurídicas2018-11-082018-11-082013http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/7455Tesis Licenciado en Ciencias JurídicasEl objetivo de esta investigación es analizar el régimen de separación de bienes, con el fin de evaluar la conveniencia de establecerlo como régimen supletorio en el Derecho Chileno, específicamente teniendo en cuenta las limitaciones de la mujer en la administración de sus bienes en sociedad conyugal y la igualdad de género. ¿Es factible cambiar el régimen supletorio de sociedad conyugal a separación de bienes? Si en derecho comparado ha sido posible cabe plantearse ¿ Por qué no en Chile?. No es muy difícil evidenciar el rol que ha ido adquiriendo la mujer a lo largo de la historia en la sociedad. Ha demostrado que es capaz de realizar las actividades que el hombre desde siempre ha hecho solo, ha logrado entrar de lleno al mundo laboral, cultural, político entre otros, igualándose ambos (hecho que antiguamente era casi una suerte de ficción). Este gran cambio en lo social supone también un gran cambio en el derecho, es decir, a la mujer le corresponden los mismos deberes y derechos que al hombre, es por esto que existe un gran debate sobre la capacidad que se le otorga a la mujer con respecto a la del hombre, específicamente (y a esto abordare mi tema de investigación) en los regímenes matrimoniales. La sociedad conyugal es cuestionada porque atentaría en contra de la garantía constitucional de igualdad ante la ley establecida en el artículo 19 número 2. Asimismo también hay quienes estiman como un reflejo de desigualdad el hecho de que sólo la mujer tenga la posibilidad de un patrimonio reservado o de que se establezca a priori quien es más apto para la administración de los bienes de la sociedad. derecho, es decir, a la mujer le corresponden los mismos deberes y derechos que al hombre, es por esto que existe un gran debate sobre la capacidad que se le otorga a la mujer con respecto a la del hombre, específicamente (y a esto abordare mi tema de investigación) en los regímenes matrimoniales. La sociedad conyugal es cuestionada porque atentaría en contra de la garantía constitucional de igualdad ante la ley establecida en el artículo 19 número 2. Asimismo también hay quienes estiman como un reflejo de desigualdad el hecho de que sólo la mujer tenga la posibilidad de un patrimonio reservado o de que se establezca a priori quien es más apto para la administración de los bienes de la sociedad. Existen autores que señalan que la sociedad conyugal debe seguir siendo nuestro régimen supletorio en el silencio de la ley como lo señala el código civil en el articulo 135 inciso primero donde el legislador estableció: “ Por el hecho del matrimonio se contrae sociedad de bienes entre los cónyuges, y toma el marido la administración de los de la mujer, según las reglas que se expondrán en el título De la sociedad conyugal”. En cambio, otros juristas apoyan la tesis de establecer la igualdad de condiciones implementando la separación de bienes si las partes nada dicen. Este trabajo busca la igualdad entre hombre y mujer, por tanto, se basa en la separación de bienes como régimen supletorio o en su defecto la sociedad conyugal con las correspondientes reformas. Para lograr este objetivo explico cómo funcionan y las características de cada uno de los regímenes matrimoniales existentes en nuestro país y de qué manera se ha ido modificando la legislación chilena con respecto al asunto en cuestión como por ejemplo, la entrada en vigencia de la ley nº 18.802 con la cual la mujer dejo de ser incapaz, “ con la supresión de la potestad marital desaparecieron una serie de consecuencias con respecto a la capacidad de la mujer como: a) incapacidad relativa de la mujer casada. b) Representación legal de la mujer por su marido. c) Deber de obediencia de la mujer casada. Sin embargo, el tema de la capacidad de la mujer se hace ilusorio, ya que como veremos en el análisis la administración de la sociedad conyugal aún radica en el marido. También hago una comparación entre ambos regímenes matrimoniales para establecer los pro y contra de cada uno. Expongo los beneficios de tener como régimen la separación de bienes por ejemplo, la igualdad de los cónyuges y capacidad de ambos. Además analizo la iniciativa de reforma a la sociedad conyugal y que beneficios reporta esta a la mujer. Finalmente planteo mis propias conclusiones que he conseguido con todo el análisis hecho anteriormente, poniendo a la mujer no en un estrado o en una situación de ventaja, sino mas bien en un estado de igualdad frente a su marido.esSEPARACION DE ELEMENTOS.REGIMENES MATRIMONIALESSeparación de bienes como régimen supletorio en ChileTesis