Figueroa Barrueto, FelizardoBiava Garrido, José LuisPizarro Maureira, JulioFacultad de Ciencias Jurídicas y Humanidades2020-04-212020-04-211998http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/13003Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)La securitización de activos es una institución jurídica recogida por nuestra legislación a través de la Ley 19.301 del 19 de Marzo de 1994, texto legal que introduce el titulo XVIII a la Ley de Mercado de Valores, denominado " De las Sociedades Securitizadoras ". Nuestro trabajo comprende un estudio de la normativa contenida en estos preceptos, así mismo, indagamos acerca de sus antecedentes, fundamentos y las diversas posturas existentes sobre este tema relativamente nuevo en nuestro ordenamiento, el cual deja en evidencia la influencia que ejerce, sobre nuestra tradición jurídica continental, el derecho anglosajón, por ser este último más acorde con las necesidades de tráfico mercantil, y por lo tanto acercarse más a la actual realidad comercial, económica y financiero siendo la Securitización de activos un ejemplo más de la adopción de nuevas figuras mercantiles e innominadas en nuestro derecho. Dado a lo anterior nuestro trabajo está focalizado principalmente en señalar en qué consiste esta operación, cuáles son sus principales características y elementos esenciales, qué finalidad persigue, qué efectos jurídicos produce, etc ... , todo ello considerándola siempre desde un punto de vista dual, es decir como un mecanismo de financiamiento e inversión, señalando los sujetos participantes en el sistema y el riesgo financiero que implica. A nuestro juicio, el tema de la securitización de activos tiene una importancia trascendente en toda la normativa jurídica que regula las formas de financiamiento e inversión privadas, presentándose como una fuente alternativa de financiamiento de la empresa moderna, la que puede verse afectada en su vida comercial, a la necesidad de obtener mayores fondos disponibles para incrementar, ya sea su volumen de operaciones, su participación en el mercado, o simplemente obtener mayor liquidez, frente a las tradicionales formas de financiamiento, como por ejemplo la emisión de nuevas acciones ( S. A. ), emisión de títulos de deuda, financiamiento bancario directo o venta de activos no esenciales a su operación, alternativas financieras cuyo principal defecto es que la suerte de la inversión en mayor o menor medida, está estrechamente vinculada con la capacidad de pago y solvencia actual o futura que representa, pues en ella descansará, en definitiva la posibilidad de que la inversión genere el retomo esperado y que la creencia se oportunamente pagada, cuyo pago puede verse frustrado o a lo menos retrasado si la cuenta es objeto de algún siniestro como la quiebra. Con la securitización de activos alcanzamos de mejor forma el objetivo de todo mecanismo financiero, cual es limitar al máximo los riesgos implícitos en la operación y lograr la mejor estructura que los evite, para lo cual es necesario romper la dependencia existente entre la fuente de pago de la inversión de la suerte e imprevisto que puede afectar el pago de las cuentas que se tengan por cobrar. Esta independencia se logra con la securitización, la que consiste en una estructura financiera que permite a la cuenta originaria anticipar los flujos de sus activos, consistentes en cuentas por cobrar, recurriendo por fondos directamente de los inversionistas. La relevancia del tema, de cierto modo se plasma además en el titulo XVIII de la Ley de Mercado de Valores, en la cual se consagra positivamente la operación de securitizacion, lo que incide enormemente en la actividad mercantil por medio del financiamiento e inversión que genera.esSecuritizaciónAspectos JurídicosLa securitización de activos, mecanismo de financiamiento e inversiónTesis