Castillo Saldías, AliciaToro Pincheira, MonserratFacultad de Ciencias JurídicasEscuela de Derecho2019-03-152019-03-152014http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/8211Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)En conformidad a nuestra Carta Fundamental, los Tratados Internacionales y nuestra legislación nacional, es menester preguntarse si son admisibles los principios, garantías y reglas a nuestro sistema que está abierto constantemente a mutaciones, y si esas normas que se han incluido a través de los años incluirán a los individuos que posean una incapacidad, ya que puede ocurrir que por su condición o equiparación puede que no tengan alguna posibilidad de recibir la adecuada protección y medios para el desenvolvimiento en sociedad, o bien dicho de otra forma una "restricción o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de un margen que se considera normal del ser humano." Esto ha sido modificado en la ley N° 18600, en que su objetivo era tornar un sentido amplio al concepto de discapacidades para evitar las particularidades, y antiguamente antes de la promulgación de dicha ley, las personas no se encontraban en posición de igualdad con las otras, o bien su tratamiento no proporcionaba una base contundente dentro del marco jurídico de los derechos de las personas con discapacidad mental. Sin embargo, parte de la doctrina, señala que aún hay personas que no se circunscriben dentro del marco de protección a esta legislación y señalando la falta de flexibilización que tienen las normas del Código Civil en cuanto a que son "blancas o negras", es decir, una persona es demente o puede tener un juicio pleno. De acuerdo a lo expuesto, es debido en primer lugar abordar acerca de cuáles fueron los cambios sustanciales de dicha ley y en entre ellos se encuentra la definición de discapacidad mental, la adecuación que ésta tuvo de acuerdo a las ratificaciones e inclusiones a la "Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo" y las fuentes comentadas para poder así determinar si los individuos se incluirán al resguardo por parte de la sociedad. Conforme a la investigación, se puede incluir la interrogativa si el ordenamiento jurídico adecúa las situaciones a la legislación y si ocurriese el caso contrario, encontrar la manera y procedimiento para poder incluir a todas las personas en su derecho de igualdad ante la ley e igualdad de oportunidades. Por tanto, el enfoque principal es si esas normas corresponden a la realidad en la aplicación del derecho vigente y si circunscribe a todas las personas cuya desventaja tienen un desarrollo mental deficiente, suspendido o detenido.esChile. Ley no. 18.600Personas con Discapacidad MentalLegislaciónChileAdecuación en nuestro ordenamiento jurídico de las modificaciones a la Ley n° 18.600 sobre discapacitados mentalesTesis