La consagración de la acusación constitucional en la constitución política de 1980
Cargando...
Archivos
Fecha
1999
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Teniendo en consideración que el Estado se encuentra al
servicio de la persona, y constituyendo su finalidad máxima el
promover el bien común de todos los habitantes de su
territorio, éste deberá mediante la realización de las funciones
Legislativa, Jurisdiccional y Administrativa que le han sido
encomendadas por la Constitución y las leyes, contribuir al logro
de este cometido. Dichas funciones serán llevadas a cabo por el
Estado a través de sus órganos, los que actuarán en forma
práctica y válida, previa investidura regular de sus integrantes,
quienes contarán con amplias atribuciones, sin perjuicio que
deban someter su acción a la Constitución y a las normas
dictadas conforme a ella.
Por esta razón es necesario que se prevea un sistema destinado
a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios públicos
por excesos cometidos en el desempeño de sus funciones.
Tal requerimiento se concreta a través de la Acusación
Constitucional, mecanismo estatuido por nuestra Carta
Fundamental y que permite que las más altas autoridades
públicas de la Nación respondan ante el Cuerpo Político por los
delitos, infracciones o abusos de poder cometidos en el ejercicio
de sus funciones.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Acusación Constitucional