La consagración de la acusación constitucional en la constitución política de 1980

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Miniatura
Fecha
1999
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
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Resumen
Teniendo en consideración que el Estado se encuentra al servicio de la persona, y constituyendo su finalidad máxima el promover el bien común de todos los habitantes de su territorio, éste deberá mediante la realización de las funciones Legislativa, Jurisdiccional y Administrativa que le han sido encomendadas por la Constitución y las leyes, contribuir al logro de este cometido. Dichas funciones serán llevadas a cabo por el Estado a través de sus órganos, los que actuarán en forma práctica y válida, previa investidura regular de sus integrantes, quienes contarán con amplias atribuciones, sin perjuicio que deban someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella. Por esta razón es necesario que se prevea un sistema destinado a hacer efectiva la responsabilidad de los funcionarios públicos por excesos cometidos en el desempeño de sus funciones. Tal requerimiento se concreta a través de la Acusación Constitucional, mecanismo estatuido por nuestra Carta Fundamental y que permite que las más altas autoridades públicas de la Nación respondan ante el Cuerpo Político por los delitos, infracciones o abusos de poder cometidos en el ejercicio de sus funciones.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Acusación Constitucional
Citación
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