La voluntad como elemento inhibidor de la causa en los actos jurídicos
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Fecha
2010
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
En el estudio de los Actos Jurídicos, particularmente en sus requisitos de existencia, no
se produce controversia respecto al carácter necesario e imprescindible de la voluntad y
el objeto para que éstos puedan nacer a la vida del Derecho, sin embargo respecto de la
causa no existe tal unanimidad, principalmente porque desde el Derecho Romano hasta
hoy no se ha logrado establecer un concepto único que agrupe todas las nociones que de
ella se tiene.
Queda claro que para que un acto jurídico nazca y produzca los efectos queridos por su
autor o por las partes, es condición necesaria que la voluntad, esto es la intención o
deseo de algo, sea exteriorizada o manifestada con el fin de que sea conocida.
Podría decirse que la manifestación de voluntad es la llave que enciende el motor que
permite que toda la estructura del acto funcione. Sin embargo, como ya advertimos, ésta
es condición necesaria peto no suficiente, ya que todo acto jurídico debe tener un objeto.
Para nuestro Código Civil el objeto es la cosa que debe darse o entregarse o un hecho
que debe o no ejecutarse (Art 1460), es decir, es lo deseado por el autor o por las partes
del acto o contrato. Sin objeto no tiene sentido la manifestación de voluntad, toda vez
que ella lleva a la realidad el fin práctico buscado a través de la realización del acto.
Voluntad y objeto son elementos concretos, no sucede lo mismo con la causa, por
cuanto su construcción es abstracta y subjetiva, lo que trae como consecuencia que pata
cada acto la causa será distinta - entendiendo causa como móvil del acto o contrato- y
su análisis deberá realizarse caso a caso.
Notas
Tesis (Derecho)
Palabras clave
Acto Jurídico, Chile, Derecho