Examinando por Autor "Juica Arancibia, Milton"
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Ítem El elemento subjetivo en el proceso penal acusatorio(Universidad Andrés Bello, 2005) Rio Mundigo, María Sofía del; Arenas Sotomayor, Sandra Carolina; Juica Arancibia, Milton; Facultad de DerechoOrganismo autónomo y jerarquizado cuyas funciones consisten en dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinan la participación punible y los que acrediten la inocencia del imputado; adoptar las medidas necesarias para proteger a víctimas y testigos; impartir ordenes directas a las Fuerzas de Orden y Seguridad durante la investigación, sin autorización judicial previa siempre que con ellos no prive, restrinja o perturbe al imputado a terceros el ejercicio de los derechos asegurados en la Constitución Política de la República. Además debe ejercer cuando corresponda la acción penal publica y disponer cuando sea necesario la adopción de medidas destinadas a proteger a las víctimas y testigos. ( artículo 10 Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público)Ítem El juicio de interdicción y su procedimiento(Universidad Andrés Bello, 2003) Pinilla Jiménez, Mará Isabel; Otárola Arce, Marjorie Marión; Juica Arancibia, Milton; Facultad de Ciencias JurídicasEl juicio de interdicción, es una contienda jurídica que tiene por finalidad privar a una persona de la libre administración de sus bienes, ya sea por demencia, prodigalidad o sordomudez. Es un juicio que se rige por las reglas del procedimiento ordinario, cuyo fin es obtener del Tribunal la declaración de interdicción de la persona que se demanda y privarla de la libre administración de sus bienes, debiendo en consecuencia el Juez, nombrarle un representante legal o curador que administre sus bienes. La importancia jurídica que reviste el juicio de interdicción está, enfocada fundamentalmente en dos aspectos claves, en primer lugar, desde el punto de vista formal o procedimiento, dado que no existen criterios jurisprudenciales uniformes en relación a la tramitación de la contienda, pues, si bien es cierto se rige por las reglas del juicio ordinario, por no tener un procedimiento especial, no existe claridad en los requisitos que proceden para la declaración de interdicción provisoria o definitiva. En segundo lugar, desde el punto de vista del fondo, la discapacidad mental es una enfermedad, que a través del tiempo ha ampliado su concepto, debido al descubrimiento de enfermedades modernas como son la demencia senil, el alzheimer, entre otras, las que constituyen una realidad muy frecuente y preocupante en nuestra sociedad. Las expectativas de vida son mayores a décadas pasadas, por esta razón tenemos un gran porcentaje de la población que se encuentra en la tercera edad y que padece las afecciones antes señaladas. Es por tanto, preciso proteger el patrimonio de dichas personas. El presente estudio de la interdicción ha pretendido analizar desde sus orígenes los distintos conceptos que se han manejado sobre esta institución de ya tan larga data. Para el logro de lo anterior expondremos el tratamiento jurídico que se les ha otorgado a las personas que sufren de enajenación mental a lo largo de la historia, así como también los distintos criterios que se aplicaban sobre los dementes, disipadores, entre otros, y sus alcances. Realizaremos un análisis detallado del juicio de interdicción y su procedimiento, en donde explicamos los distintos tipos de interdicción, sus características, sus efectos jurídicos, también hacemos un estudio acabado de los distintos criterios que tienen los jueces al resolver estas contiendas. Mencionando además, las situaciones no contempladas en la ley, la jurisprudencia de nuestros tribunales sobre la materia, señalando los fallos más relevantes que encontramos al respecto y la legislación comparada.Ítem La justicia Militar en Chile y en el derecho comparado.(Universidad Andrés Bello, 2004) Parra Cereceda, Javier Andrés; Juica Arancibia, Milton; Facultad de Ciencias JurídicasLa presente memoria tiene por objeto, que los estudiantes de derecho y aquellos que no dominan o no conocen bien el tema, puedan por ésta, adquirir los conocimientos jurídicos que le permitan, desenvolverse en forma adecuada para cuando se les pregunte por Justicia Militar. Este trabajo, comprende cuatro aspectos. El primero, es el referido a los Antecedentes Generales de la Justicia Militar, que dice relación con los orígenes de la disciplina y los tribunales militares desde Roma hasta la época actual. Comprende. además, conceptos de orden general y definiciones de varios autores. En la parte referida a los antecedentes especiales, se analiza la legislación comparada de otros países como Argentina, Perú y España. El proceso penal militar chileno se incorporó en esta parte por un problema netamente didáctico, para que, a partir de su análisis, se pueda comparar con las otras legislaciones analizadas, pero en ningún caso significa que Chile forme parte del derecho comparado ofrecido en este trabajo. El segundo se refiere al Análisis de la Justicia Militar, que dice relación con la Justicia Militar propiamente tal, y sus críticas. En este parte, se plasman una serie de visiones críticas de abogados especialistas en el tema de los juicios militares, así como de jueces militares. Acá las visiones son diametralmente opuestas, y ello se estructuró así para fomentar un debate que permita obtener conclusiones que nos lleven a determinar si la Justicia Militar debe modificarse, derogarse o simplemente se la deba incorporar en la reforma procesal penal que está vigente en todo el país, salvo en la Región Metropolitana. Estas cuatro posturas se dividieron conforme al proyecto sugerido, pero en todo caso, aquel que lea este trabajo, podrá advertir las diferencias a que he hecho mención. El tercero, se refiere a la Aplicación del Derecho Militar en Chile, y alude principalmente a cuál es el proceso penal militar que conoce de los delitos de jurisdicción militar, en la actualidad, cuales son sus problemas estructurales más serios y cuáles son las alternativas para sugerir la aplicación de un nuevo proceso. Para ello se recogen diversas opiniones al respecto. El cuarto y último aspecto, se refiere a las Conclusiones, que dicen relación, con cuales son los elementos que permiten concluir que el proceso penal militar actual debe ser objeto de serias modificaciones estructurales, que transformen el proceso escrito, en un proceso oral y público.Ítem Reforma procesal penal: estudio y análisis de las bases del nuevo procedimiento(Universidad Andrés Bello, 2007) Catalán, Grace; Henríquez Contreras, Joselun Andrea; Juica Arancibia, Milton; Facultad de Ciencias JurídicasIniciar un estudio sobre los principios de la Reforma Procesal Penal resulta, a primera vista, un trabajo engorroso dado que cuestiones de índole filosófica y de carácter abstracto no constituyen un objeto de estudio atrayente para el común de los estudiantes. Lo concreto de la reforma es el cambio de procedimiento y sobretodo la reestructuración de un sistema procesal penal que requería a gritos una gran modificación. Entre tanta parafernalia de justicia simple y rápida, nuevos actores institucionales y colosales edificios, optar por la investigación de los principios procesales, constituyó un gran desafío tanto humano como intelectual. Sin embargo, y desde esta perspectiva, demostraremos que el análisis de los principios de la reforma procesal penal es fundamental para la modificación sisteináticoprocesal que se ha realizado, y que sin el auxilio y debate de tales habría sido inconcebible lo realizado actualmente. Por las páginas que se perfilan a continuación podrá el lector interiorizar la génesis de la reforma, conociendo sus fundamentos, y asimismo conocerá el debate legislativo de los principios seleccionadose en este trabajo. Terminará examinando la praxis de los mismos en la casuística nacional, concluyendo que una mejor comprensión de los principios de la reforma coadyuvan en el entendimiento del nuevo sistema procesal penal que rige nuestro país desde el año 2000. Tareas pendieiltes quedan, pero con este aporte queremos destacar la correcta opción jurídica tomada por las autoridades nacionales para la modificación del derecho adjetivo chileno amparado por las normas de derecho internacional.