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Examinando FD - Artículos de Revista por Autor "Aguilar Cavallo, Gonzalo"
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Ítem Afinando las cuerdas de la especial articulación entre el derecho internacional de los Derechos Humanos y el derecho interno(Universidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales, 2013) Aguilar Cavallo, GonzaloLa Sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua en el caso del Homicidio simple de Luis Almonacid Arellano, de fecha 14 de enero de 2013, aborda el tradicional tópico de la articulación entre el derecho internacional y el derecho interno, pero centrado, en este caso, en el campo específico de los derechos humanos. El fallo que se pretende examinar, abunda en apreciaciones y afirmaciones respecto de principios y valores que rigen la relación entre estos dos ámbitos del derecho, a saber, el derecho internacional y el derecho de creación interna del Estado. Desde nuestra óptica, esta sentencia representa una inusual ocasión en la que un tribunal chileno aborda con profundidad diversos aspectos derivados de la relación derecho internacional y derecho interno. Muchos de estos aspectos se encuentran controvertidos tanto en la doctrina como en la jurisprudencia y en este caso, la Corte de Apelaciones, adopta su posición. Es evidente que este fallo es el fiel reflejo de cuestiones jurídicas que se plantean en forma creciente en el mundo contemporáneo ante los tribunales estatales y que demandan de los jueces el dominio, aplicación, interpretación y ponderación simultánea de un derecho de creación exclusivamente estatal y del derecho internacional.Ítem El control de convencionalidad en la era del constitucionalismo de los derechos. Comentario a la sentencia de la corte suprema de Chile en el caso denominado episodio Rudy Cárcamo Ruiz de fecha 24 mayo de 2012(2012) Aguilar Cavallo, GonzaloCon fecha 24 de mayo de 2012, la Corte Suprema de Chile, dictó sentencia en los interpuestos, por un lado, por la defensa de los sentenciados y, por otro, por la asesoría letrada del Programa de la Ley Nº 19.123 del Ministerio del Interior con el objeto de anular la sentencia de fecha 15 de enero de 2010 pronunciada por la Corte de Apelaciones de Concepción. En esta sentencia la Corte Suprema confirma su jurisprudencia constante de los últimos años en relación con las desapariciones forzadas ocurridas durante la época de la dictadura militar y particularmente aplica el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario.Ítem Los derechos humanos y el orden objetivo de valores como parámetro de control: La posición del voto para acoger. Comentario a la sentencia del Tribunal Constitucional que recae sobre las normas que permiten modificar unilateralmente el precio base del Plan de Salud(Universidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales, 2014) Aguilar Cavallo, GonzaloCon fecha 2 de mayo de 2012, el Tribunal Constitucional chileno tuvo la oportunidad, una vez más, de extender su creciente doctrina en materia de derechos sociales, particularmente del derecho a la protección de la salud, a propósito de sendos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso tercero del artículo 38 y del artículo 38 bis, ambos de la Ley No 18.933. Como se ha dicho, ésta no es la primera vez que el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre los contratos de salud con las Isapres, sobre el derecho a la protección de la salud, sobre el derecho a la seguridad social, sobre el efecto horizontal de los derechos humanos y sobre el progresivo avance de la constitucionalización del Derecho privado1. Una de las enseñanzas más relevantes de los jueces constitucionales es aquella que afirma que "la amplia mayoría de la doctrina nacional y extranjera reconoce que los derechos sociales, llamados también derechos de prestación o de la segunda generación, son tales y no simples declamaciones o meras expectativas, cuya materialización efectiva quede suspendida hasta que las disponibilidades presupuestarias del Estado puedan llevarlos a la práctica"2. Junto con lo anterior, un pilar de esta doctrina del Tribunal Constitucional en materia de derechos sociales la constituye la aseveración de que "resulta ineludible desvanecer la tesis contraria a que los derechos sociales sean realmente tales, aseverando que poner en duda su "practicabilidad" de realización, es una idea confusa, porque esa "reserva de lo posible" lleva a sostener que la Constitución ha de ser "desactivada", a causa de la imposibilidad económica del Estado de darles satisfacción, convirtiendo así en virtuales las cláusulas fundamentales que aseguran su materialización"Ítem Equidad, inclusión social y democracia: Una respuesta crítica a los argumentos en contra del activismo judicial(Universidad de Talca. Centro de Estudios Constitucionales, 2015) Aguilar Cavallo, Gonzalo; Gajardo, Benjamín; León, Ana PíaResumen: En este artículo desarrollaremos un análisis crítico de los argumentos elaborados por los opositores del activismo judicial, jerga utilizada, generalmente, para juzgar de modo negativo los casos en donde el juez decide adjudicando un derecho social. Así, intentaremos mostrar que tal adjudicación se enmarca totalmente en la actividad jurisdiccional asignada por la Constitución chilena, concluyendo que ella resulta relevante en el contexto de una sociedad inequitativa, como un medio para realizar la justicia social y realizar los ideales democráticos. La metodología que emplearemos dice relación con el estudio y análisis de la dogmática, relativa a la adjudicación de derechos sociales por parte de los jueces.