Examinando por Autor "Bahamondes Cornejo, Lorena Paulina"
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Ítem La libertad sexual como bien jurídico protegido en los delitos sexuales(Universidad Andrés Bello, 2003) Bahamondes Cornejo, Lorena Paulina; Medina Jara, Rodrigo; Facultad de Ciencias JurídicasLos atentados contra la libertad sexual de las personas originan en el sentir de la comunidad un fuerte impacto que degenera en generalizado repudio, por cuanto se trata de delitos violentos que invaden, irrumpen y vulneran la intimidad de sus víctimas, dejándoles secuelas de carácter permanente, que, por lo general, pueden traducirse en daños físicos, psicológicos y/o espirituales, daños que en muchos de los casos requieren ser tratados por especialistas. Sin embargo, el detrimento que ocasiona un delito sexual en la víctima no siempre queda circunscrito al menoscabo físico, psicológico o emocional que directamente emanan de la ejecución de la conducta ilícita, sino que, a su vez, puede concadenar en una serie de efectos colaterales y secundarios, algunos de ellos con un contenido preponderantemente social. En efecto, al lógico abatimiento de la víctima pueden añadirse ciertas reacciOnes de orden psicológico, producto de la necesidad de explicar a terceros el hecho traumático del que ha sido objeto, lo que la podría conllevar, incluso, a la propia atribución de responsabilidad o autoculpabilizarse respecto del atentado sexual El grave desorden que se puede llegar a padecer a consecuencia de ser víctima de un delito sexual, causa en las personas mayor temor que el que pudieren observar respecto de otros delitos, como los que atañen el ámbito comercial o económico, por ejemplo. Y ello, sumado a las falencias de procedimiento y a la normativa legal insuficiente para sancionar los atentados contra la seguridad y libertad de las personas en el ámbito sexual, traducido en la práctica en la ausencia de penas más severas que garanticen a las víctimas un resarcimiento efectivo y satisfactorio por el daño sufrido, ha gestado en la población una suerte de desconfianza respecto del aparato judicial y estatal en su conjunto. En atención a los planteamientos precedentes y a otros que desarrollaré en el curso de la presente Memoria, es que el tema a tratar en ella resulta ser de gran interés jurídico - social, pues verdaderamente no deja de ser paradójico el hecho de que, pese a la gravedad de estos delitos y a la dañosidad que revisten, la víctima no reciba del sistema judicial una solución real que pueda resarcirle en forma tangible el sufrimiento padecido, el cual, por cierto, se extiende a la vez a su familia y entorno directo.Ítem La victimología:la perspectiva y rol de la victima en el delito de violación y su relación con el delincuente(Universidad Andrés Bello, 2002) Bahamondes Cornejo, Lorena Paulina; Perusina Catrileo, Daglas Yaroslaba; Sepúlveda Crerar, Eduardo Nicolás; Facultad de DerechoEl tema a tratar en la presente memoria es la evolución del delito de violación en nuestra legislación y en el derecho comparado, con una completa visión de las ciencias penales, en especial con la victimología, y el papel que juega la víctima en el delito de violación, su perspectiva y relación con el delincuente. Escogimos este tema porque consideramos necesario conocer más acerca de este delito, que afecta tanto a nuestro país como al resto del mundo, y que sucede con alarmante frecuencia y pocas veces es denunciado; que ocurre en todos los estratos sociales y, lo más grave: afecta a la persona de la víctima en lo más íntimo de su ser y de su dignidad. Éste es un tema contingente, en virtud de que es un hecho real y cotidiano en nuestra sociedad. Es más común de lo que mucha gente piensa, y es fundamental comprender y asumir que es un problema que nos afecta a todos, que nos involucra a todos como comunidad. Nuestro Código Penal recoge una serie de hechos delictivos bajo la denominación de Delitos contra el Orden de las Familias, término vago e impreciso que hace alusión a criterios de carácter moral que se utilizan para encarar legislativamente la cuestión sexual. El delito de violación es el más grave y común de los atentados contra la libertad sexual, por lo que es ésta, conjuntamente con la moralidad pública, lo que la ley protege al sancionarlo. La legislación vigente no establece que la víctima en el delito de violación sea necesariamente una mujer, sino que trata la cuestión indistintamente del sexo de la víctima, lo cual constituye una importante modificación por cuanto se amplía el sujeto pasivo de este delito, haciéndolo extensivo a hombres y menores de edad. La cuestión sexual sólo se puede concebir ligada al Derecho Penal, en cuanto éste pretende justamente un mayor desarrollo de la persona en sus relaciones sociales. El tema de la libertad sexual de las personas es un tema que ha dado lugar a grandes controversias y ha sido el centro de las más diversas opiniones. La libertad sexual no sólo protege la capacidad de actuación, sino también la seguridad de esta libertad, esto es, los presupuestos objetivos de aquella, lo que en doctrina moderna se ha denominado Intangibilidad o Indemnidad Sexual. Asimismo, la violación es punible no por la actividad sexual en sí, sino porque tal actividad sexual se lleva a cabo sobre la base del abuso de la libertad sexual del otro. El Derecho Penal interviene para poner de manifiesto que tal conflicto entre la libertad sexual de uno y otro sujeto ha de darse sin la opresión de ninguno de ellos. Por tanto, lo que se sanciona aquí es el uso de la fuerza, la intimidación o el prevalerse de determinadas circunstancias en que se encuentra la víctima.