Examinando por Autor "Cárdenas, Hugo"
Mostrando 1 - 9 de 9
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Calificación y contenido del contrato médico-paciente(Universidad Andrés Bello, 2008) Miranda Acevedo, Felipe Andrés; Bustamante Caro, Gastón Alexis; Cárdenas, Hugo; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoNuestro estudio pretende crear una doble ventaja, ya que, permite adaptar mejor la responsabilidad contractual a la sociedad chilena contemporánea y justificar así un cambio en la jurisprudencia, para conseguir una verdadera función de reparación a las normas contractuales. Por otra parte, pretendemos poner de manifiesto que es posible precisar el ámbito de la responsabilidad contractual y que de un análisis de la jurisprudencia y de la legislación, podemos fijar las fronteras entre las dos ramas de la responsabilidad civil. Nuestro estudio pretende modificar profundamente el funcionamiento tradicional de la responsabilidad contractual, cuestionando su naturaleza y su ámbito. En cuanto a su naturaleza, se propone admitir la distinción entre las obligaciones de medios y las de resultado en la responsabilidad contractual y reconocer su doble naturaleza, subjetiva y objetiva. Pero, aún es necesario definir el ámbito de la responsabilidad contractual. Se deben analizar por tanto, el contenido del contrato, así como a las personas interesadas.Ítem La faz punitiva de la responsabilidad civil: los llamados daños punitivos y las penas privadas(Universidad Andrés Bello, 2007) Muñoz Mosquera, Jayro A.; Cárdenas, Hugo; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoEl estudio del sistema de responsabilidad civil requiere, para ser comprendido y dilucidado en cuanto a cuales son sus exigencias y rol dentro del ordenamiento jurídico de una sociedad, que sea planteado a partir de las funciones y finalidades que pretende perseguir. Ello además permite que el sistema evolucione y se adapte a las necesidades imperantes en una determinada época. En ese sentido, este trabajo pretende recoger las posibles funciones que la doctrina ha atribuido a la responsabilidad civil, y en particular la admisión de una posible función punitiva. Es así como en el primer capítulo de esta tesina intentaremos dar una visión acerca de las funciones que hoy se le pueden atribuir a la responsabilidad civil, en atención a los intereses que involucra. Veremos, primero, en forma breve y general, la evolución de la responsabilidad, para luego continuar con las funciones actuales de la condena pecuniaria, esto es, función reparadora, función preventiva, función punitiva, función declarativa de derechos, función de garantía personal y función económica. En el segundo capítulo, abordaremos el problema de la función punitiva, particularmente desde el análisis de los llamados daños punitivos y las penas privadas en tanto constituyen manifestaciones punitivas del derecho civil y dan cuenta de una realidad, que aunque es excepcional, es ineludible: la responsabilidad civil tiene en ciertos casos una función punitiva, en atención a la gravedad y consecuencias de ciertas conductas, en que media por parte del autor una especial culpabilidad o intencionalidad. Veremos que en el Common Law la función punitiva ha tenido un desarrollo mucho más expedito que en los sistemas de tradición romano germánica donde en general se rechaza la posibilidad de que el derecho civil asuma funciones que se consideran propias del derecho penal. Veremos algunos casos de penas privadas contempladas en nuestra legislación, las críticas y defensas que se hacen a este tipo de instituciones, cómo supuestamente las indemnizaciones por daño moral participan de esta faceta de la responsabilidad civil. Por último plantearemos algunas ideas respecto a la admisibilidad de un sistema de penas privadas en ciertos casos, algunos presupuestos y criterios.Ítem La gradación de la culpa: una ficción en Chile(Universidad Andrés Bello, 2007) Figueroa, David; Reyes, Ricardo; Cárdenas, Hugo; Facultad de Ciencias Jurídicas... Múltiples interrogantes se vienen a la mente al analizar la culpa desde sus orígenes hasta la actualidad, ya que al entrar en materia es fácil denotar los diferentes criterios en las legislaciones para entender la culpa, ¿Pero nuestro sistema de gradación es correcto? Y si lo es así; ¿Por qué la gradación fue abandonada en la mayoría de las legislaciones? La cual sobrevive aún en Chile (Artículo 44 y 1547), Ecuador (Artículo 1537), Colombia (Artículo 63 y 1604) y en Panamá (artículo 34). Nuestra intención es analizar lo que sucede con la gradación de la culpa en nuestro Derecho, es decir, pretendemos criticar su utilidad práctica, y entender ¿Por qué razón Andrés Bello siendo un exponente de la exégesis aceptó graduar la culpa a los jueces, siendo este es un tema tan subjetivo que crea inseguridad jurídica? Analizaremos y daremos respuesta a todas las interrogantes planteadas anteriormente, pero por ser un tema con demasiadas aristas, daremos mayor énfasis a las cuestiones principales, con la finalidad de lograr un análisis exhaustivo de nuestro tema central y así esbozar nuestra postura sobre esta materia, bajo la luz de los autores que sirvieron de base para la elaboración del presente texto.Ítem La indemnización de perjuicios en la Convención de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías y el nuevo derecho de los contratos(Universidad Andrés Bello, 2008) Meza Tapia, Natalia Andrea; Cárdenas, Hugo; Facultad de DerechoEn un ambiente de internacionalización y globalización de las relaciones comerciales, se elaboró por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, la Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías de 1980. Ésta fue ratificada por Chile, efectuándose el depósito del instrumento con fecha 7 de febrero de 1990 y se publicó en el Diario Oficial el 3 de octubre de 1990; lo que significa, por lo tanto, que dicha convención se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico con jerarquía de ley de la República. Sin embargo, desde esa fecha no existe sentencia judicial conocida que la aplique ni interés por estudiar este instrumento2 • Se da así, hace casi dos décadas, una especie de coexistencia del ordenamiento internacional con el nacional, donde las importaciones y exportaciones siguen efectuándose por las partes con ignorancia de las normas que rigen dichas operaciones, sin conciencia de las ventajas del sistema moderno que los ampara. Dicha situación no puede segwr sosteniéndose, ya que la referida Convención es ciertamente importante en la medida en que contiene un derecho nuevo de la compraventa internacional, que rige automáticamente desde el momento en que se concreta la operación mercantil que quede bajo su ámbito de aplicación. Es muy importante también, en cuanto sus normas contienen criterios decisivos para resolver muchas de las cuestiones generales sobre nuestro Derecho de contratos y de obligaciones en general, y de manera más llamativa, en lo relativo a la concepción del incumplimiento contractual y el sistema general de la responsabilidad contractual. Es por ello que la doctrina ha estudiado este instrumento internacional de tan basta importancia...Ítem Mycoplasmateceae species are not found in Fallopian tubes of women with tubo-peritoneal infertility(Brazilian Society of Infectious Diseases, 2012) Costoya, Alberto; Morales, Francisco; Borda, Paula; Vargas, Renato; Fuhrer, Juan; Salgado, Nicole; Cárdenas, Hugo; Velasquez, LuisBACKGROUND: The role of mycoplasmas on the development and sequelae of pelvic inflammatory disease remains controversial. The objective of the present study is to correlate directly the presence of Mycoplasmateceae through polimerase chain reaction (PCR) determinations in cervix and Fallopian tubes of infertile patients with tubo-peritoneal factor diagnosed through laparoscopy. METHODS: Thirty patients with tubo-peritoneal infertility and 30 normal fertile patients were included in the study; cervical samples and tubal flushings were obtained during laparoscopy. PCR determinations for the detection of genetic material of Mycoplasma genitalium, Mycoplasma hominis, Ureaplasma urealiticum, Neisseria gonorrhoeae, Chlamydia trachomatis, Trichomonas vaginalis in cervix and tubal flushings were performed. RESULTS: No Mycoplasmataceae species as "only" microorganisms were found in tubal flushings of tubo-peritoneal infertility patients, whereas three (10%) fertile patients with normal tubes were positive for mycoplasma presence. This difference was not significant (p = 0.237). Among the 30 patients suffering from tubal infertility diagnosed through laparoscopy, Mycoplasmatecae species were not detected in the Fallopian tubes by PCR determinations, while in normal tubes from fertile patients these and other microorganisms could be found without distorting tubal anatomy. CONCLUSION: Mycoplasmateceae species were not detected in Fallopian tubes of women with tubo-peritoneal infertility.Ítem Prueba de la culpa médica a la luz del derecho civil chileno(Universidad Andrés Bello, 2007) Cifuentes Vera, María José; Conde Abeliuk, Leonardo Ariel; Cárdenas, Hugo; Facultad de Ciencias JurídicasEste trabajo, está dirigido a ser un aporte para el estudio y tratamiento académico de la prueba de la responsabilidad civil, que les incumbe a los médicos, ya que muchas veces en el ejercicio de su profesión se cometen errores, descuidos o negligencias, que pueden afectar enormemente todo ámbito de la vida – o ella en sí misma- de una persona.Ítem ¿Qué se entiende por falta de servicio en Chile? : una tipología de la falta de servicio en casos médicos(Universidad Andrés Bello, 2008) Avendaño Núñez, Pablo Alberto; Cárdenas, Hugo; Facultad de DerechoEl ser humano es un fin en sí mismo. Por ello la naturaleza lo ha dotado de una serie de características, aptitudes y habilidades que lo hacen ser único y distinguirse entre las demás especies. El ser un ente racional, es el punto de partida para que las personas usen su inteligencia en post de satisfacer sus necesidades, valiéndose de los medios que el entamo les otorga para tales -efectos. Sin embargo esto no seria posible si d hombre no gozara de libertad. La libertad, entonces, es el presupuesto básico, elemental y esencial, que permite a las personas desarrollarse como tales en una sociedad o grupo determinado, y en donde todos sus integrantes se encuentran en un plano de igualdad. Es por ello, que dada su importancia y trascendencia, es que ha sido elevada a la categoría de derecho natural, y aún más, en una sociedad jurídicamente organizada como la nuestra constituye, a su vez, un derecho Constitucional. Las personas, como sujetos de derechos subjetivos, deben ser protegidos, y sus derechos resguardados y tutelados por el ordenamiento jurídico vigente. Esta noble labor de proteger los derechos de las personas, es encomendada al Estado, ente superior dotado de poder soberano e imperio, quien debe dar cumplimiento efectivo a este mandato. En efecto, el Estado es una construcción del hombre como un medio para que las personas puedan satisfacer sus necesidades de bien común y desarrollarse como tales. .Ítem Responsabilidad médica: imputación y exclusión jurisprudencia nacional(Universidad Andrés Bello, 2008) Muñoz Tapia, Rodrigo Alejandro; Cárdenas, Hugo; Facultad de Derecho"Sobre el campo el agua mustia cae fina, grácil, leve; sobre el campo cae angustia: llueve. Y pues solo en amplia pieza yazgo en cama, yazgo enfermo, para espantar la tristeza, duermo". La angustia de Carlos Pezoa Véliz, suspirada una ''Tarde en el Hospital" Alemán de Valparaíso - al igual que la de todos los enfermos - , encuentra tranquilidad en el Juramento Hipocrático de los médicos, que, en algunas de sus partes, les compromete: "de acuerdo con la ley médica", "iré por el beneficio de los enfermos", "de acuerdo con mi poder y discernimiento será en beneficio de los enfermos y les apartará del perjuicio y el terror". En casos excepcionalísimos es posible que se genere daños y, en algunos de tales eventos, también es posible que se origine la obligación de indemnizarlos. ¿Cuál es el fundamento de la diferencia? Es la interrogante que abordaremos. Adentrarnos en los motivos que sostienen esta diferencia será nuestra tarea, radicada en la frontera entre la responsabilidad e irresponsabilidad. Pretendemos que conceptos relacionados con la correcta aplicación de la lex artis por una parte y los parámetros que ayudan a conceptualizar la culpa por otro, entreguen las herramientas para poder determinarla, sin desatender las causales de limitación de responsabilidad como es el error y el caso fortuito.Ítem Sobre las fuentes de la responsabilidad civil médica(Universidad Andrés Bello, 2008) Gatica Arenas, Álvaro Antonio; Jiménez Ortiz, Paulina Andrea; Cárdenas, Hugo; Facultad de DerechoLa responsabilidad civil medica, ha sido una de las ramas del derecho que más desarrollo ha tenido en los últimos años, tanto por un desarrollo dogmático, como el aumento de las demandas en contra de los profesionales. De gran importancia resulta entonces, tener presente que la bipartición de regimenes es un fenómeno no menor y que trae grandes diferencias de orden práctico dependiendo del estatuto de responsabilidad que se invoque. Sin embargo, y gracias a un extenso estudio jurisprudencial, ha quedado demostrado, que la reglas de un estatuto de responsabilidad no son necesariamente, determinantes para el desarrollo del litigio, y mucho menos para el resultado de este. Es por lo anterior, que este estudio tiene por finalidad, dar una pincelada, respecto a la responsabilidad civil medica en la jurisprudencia, y demostrar que la rigidez de mantener un sistema de bicéfalo es absolutamente incoherente tratándose de este tipo de materias.