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Examinando Facultad de Derecho por Materia "Abuso del Derecho"
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Ítem El abuso del derecho en la responsabilidad extracontractual(Universidad Andrés Bello, 2012) Durán Ramírez, Martina JosefaNuestra investigación está destinada a dilucidar si el criterio adoptado por la doctrina mayoritaria es suficiente, y, si sería conveniente en nuestro país regular el abuso del derecho. Esto para que los casos en que se presente la figura antes referida no queden impunes y, para que se logre la mejor solución para el caso concreto. Además para acércanos un poco más al fin más importante del derecho que es la justicia. El problema desde su inicio presenta dificultades, pues el concepto Abuso del Derecho 1no está claro, hay múltiples interpretaciones y significados como autores que tratan la materia. El abuso del derecho surge como una aspiración de orden ético y social. Lentamente esta figura se fue abriendo paso a través de la historia. Hoy en día es aceptada prácticamente por todos, sin embargo aún existen discrepancias, entre otras, relativas a los criterios para determinar su existencia, su denominación, etc. En nuestro país el abuso del derecho no está regulado positivamente en forma general, sin embargo existen normas específicas que lo recepcionan. La doctrina en general ha sostenido que al abuso del derecho es un ilícito civil al que deben aplicársele las reglas que rigen la responsabilidad civil extracontractual. Sin embargo existen autores que discrepan, y que consideran que el veto al ejercicio abusivo de los derechos es un principio general de nuestra legislación. El Método comparado nos es de gran utilidad para exponer la investigación, ya que lo que se quiere lograr es hacer conciencia de una reforma legal o más bien una creación legal, al elaborar una propuesta coherente y lógica del tema en cuestión.Ítem Aporte para la configuración jurídica del abuso del derecho(Universidad Andrés Bello, 2011) Martínez Terrazas, Juan; Vega Llanos, Pablo; Terrazas Ponce, Juan David; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoAl realizar un aporte para configuración jurídica del abuso del derecho, debemos señalar en primer lugar en que estado se encuentra el tema en cuestión, para luego profundizar en los capítulos siguientes los temas más importantes de este trabajo. El problema surge cuando una persona ejerciendo su legítimo derecho comete un daño a otro, a primera vista podríamos señalar que "quien ejerce su derecho a nadie daña", pero si de este derecho se genera o nace un "abuso". ¿Sería la misma responsabilidad que al conocer un acto doloso o culposo?; La doctrina ha señalado que si existe dicha responsabilidad siempre y cuando se haya "abusado de su derecho", o sea, sobrepasando las fronteras del mismo y a su vez provoque un menoscabo a un tercero. Como señala Arturo Alessandri Rodríguez "el abuso del derecho es la aplicación a una materia determinada de los principios que rigen la responsabilidad delictual y cuasi delictual civil: ese abuso no es sino una especie de acto ilícito. Debe, por tanto, resolverse con arreglo a criterio aplicable a cualquier hecho ilícito: habrá abuso del derecho cuando su titular lo ejerza dolosamente o culpablemente, es decir con intención de dañar o sin la diligencia o cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus actos o negocios propios". Ahora bien, lo que justifica este tema dice relación con el insuficiente desarrollo que en la doctrina y la jurisprudencia de nuestro país tiene la institución del abuso de derecho, de forma tal que todavía faltan antecedentes para poder construir una apropiada teoría que permita adecuar las exigencias de derecho moderno a esta institución. Esto queda demostrado al mirar la legislación comparada, tanto europea como latinoamericana.Ítem El ejercicio abusivo de los derechos subjetivos(Universidad Andrés Bello, 2008) Guajardo Rojas, Sebastián; Zúñiga, Alex; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoEn el Derecho Civil chileno esta teoría ha sido aceptada ampliamente por nuestros tribunales, a propósito de la responsabilidad civil extracontractual, al afirmar una sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que “A diferencia de otras legislaciones en Chile, el abuso del derecho no aparece formulado en la ley de un modo expreso, no obstante, si el ejercicio (del derecho) provoca daño se transforma en un delito civil o cuasidelito civil”3, contrario sensu, al derecho comparado, tema abordado ampliamente en los diferentes códigos civiles, como por ejemplo el alemán, peruano, húngaro, entre otros. Esta teoría, por su parte, toma como base una concepción iusnaturalista de la sociedad, con ella se intenta insertar el ejercicio del derecho subjetivo un status altruista, de no inferir daño a otros, en tal sentido Pablo Rodríguez equipara la teoría del abuso del derecho como el principio de buena fe, en el cual trataremos de distinguir cuál es su verdadera dimensión jurídica. Y por otro lado, distinguir que los principales cuestionamientos que nacen respecto de esta teoría, dicen relación, con la relatividad que se puede ejercer un derecho, ¿cual es el límite permitido? Trataremos de responder qué sucede si existe un acto abusivo y si existe o no derecho, desde nuestro punto de vista debemos distinguir en primer término, si el derecho se tiene, es legítimo ejercerlo, incluso lesionando al sujeto pasivo (tal es el caso de los derechos absolutos4) En segundo término, si el derecho no se tiene, se actúa al margen del mismo, invocando una expectativa sólo aparente de la cual se carece. El derecho que existe no admite abusos porque se trata de una facultad reconocida por el ordenamiento jurídico para la realización de ciertos actos tutelados. Desde otra perspectiva trataremos de dar respuesta a la ilicitud en lo que pueda llegar a convertirse aquel ejercicio de un derecho abusivo ¿Puede diferenciarse un acto abusivo de un acto ilícito?Ítem Personalidad jurídica societaria y su desestimación: (el denominado "abuso de la personalidad jurídica")(Universidad Andrés Bello, 1999) Oyaneder Davies, Patricio Andrés; Cornejo Chávez, Luis Gonzalo; Facultad de Ciencias JurídicasEn nuestra Memoria de Grado trataremos lo referente al abuso de la personalidad jurídica de las sociedades, para lo cual estimamos pertinente, en primer término, abocarnos a desentrañar la verdadera esencia de la personalidad jurídica de la que gozan las sociedades en el plano estrictamente jurídico, procurando así dejar de lado las formulaciones extrajurídicas que han predominado en la doctrina nacional y extranjera para explicar la misma. Seguidamente, logrado el mencionado objetivo, analizaremos la denominada doctrina del "abuso " o "desestimación" de la personalidad jurídica de las sociedades (según se la refiera por su causa o efecto). Para, finalmente, exponer nuestra posición sobre ambos temas, la cual adelantamos, y he aquí la tesis de nuestra ponencia, consiste en sostener que dicha personalidad constituye un instrumento del derecho del que se valen quienes obran a su amparo en ejercicio de un derecho, del derecho a oponer esa personalidad y, que, partiendo de esa base es posible poner coto a las situaciones que se engloban en la aludida doctrina. En aras de alcanzar nuestro cometido, en el primer capítulo analizaremos el fundamento jurídico de la existencia de la personalidad jurídica de las sociedades, para luego determinar en qué supuestos nuestro orden jurídico admite la existencia de esa personalidad En el capítulo segundo estudiaremos a la persona jurídica en tanto sujeto de derecho, para lo cual revisaremos el esquema básico de los atributos que hacen a la existencia de un sujeto de derecho y, finalmente, insertaremos a éste en la relación jurídica. En el tercer capítulo procuraremos precisar la verdadera significación que tiene la personalidad jurídica para el derecho, búsqueda en la que ex profeso omitiremos la exposición de las tradicionales teorías de la ficción y de la institución, pues, nuestro cometido estriba en establecer qué es la persona jurídica en el plano estrictamente jurídico. Acá es donde sentamos la base sobre la cual abordaremos lo atinente a la doctrina del abuso de la personalidad societaria. Luego, en el cuarto capítulo, presentaremos los principios rectores que han sustentado la denominada doctrina del ''Abuso de la Personalidad Jurídica", tema de suyo complejo, cuya exposición hemos sintetizado en la exposición de una breve reseña histórica de su surgimiento, en la aclaración de las cuestiones terminológicas que la rodean y, principalmente, en mostrar la recepción que de ella ha hecho la judicatura extranjera. Finalmente, reservamos el capítulo quinto para exponer y justificar, fundiendo lo expresado en los capítulos anteriores, la posición nuestra sobre la esencia de la personalidad jurídica de las sociedades y su desestimación, exposición en la que plantearemos que la oposición (oponibilidad) de la personalidad jurídica de las sociedades constituye el ejercicio de un derecho (hipótesis de trabajo) y, que, partiendo de este supuesto es factible (y se debe) hacer frente al denominado abuso de dicha personalidad jurídica societaria.