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Examinando Facultad de Economía y Negocios por Materia "Abusos de Publicidad Aspectos Jurídicos"
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Ítem Los delitos contra la intimidad contenidos en el artículo 22 de la ley de abusos de publicidad No. 16.643(Universidad Andrés Bello, 1997) Zuleta González, Alvaro Alejandro; Lusic Nadal, DobraLa sociedad actual se encuentra constantemente acosada por los distintos medios de comunicación social, los cuales, en un afán publicitario, periodístico y comercial, bordean su labor informativa con una figura delictiva, denominada doctrinariamente como violación a la vida privada o intimidad de las personas o de sus familias. Nunca como en la actualidad la libertad y la dignidad de las personas humanas se han visto tan amenazadas y atacadas, al extremo que si no se toman las medidas del caso, ya sea actualizando la legislación especialmente la Ley sobre Abusos de Publicidad, buscando otros mecanismos que puedan reprimir este tipo de agresiones o regulando la actividad periodística o estableciendo ciertas exigencias a los profesionales que realizan la actividad de informar, pienso que corremos el riesgo de ver gravemente disminuida nuestra dignidad, privacidad e intimidad tanto personal como familiar. Así por ejemplo existen medios periodísticos que utilizan una sensual fotografía obtenida en la playa, de una mujer en traje de baño, como portada de su matutino, violando derechamente su derecho a su imagen, más aún existe en Chile un creciente periodismo denuncia, donde se refleja el poco valor que se tiene por el bien jurídico intimidad. Se trata de la realidad cotidiana, es la vida de cada día, en donde nos vemos constantemente acosados en nuestros hogares, entre otros por mensajes políticos enviados por correspondencia con un tono de confianza, amistad y cordialidad, patrocinado por el político que pretende ser elegido por el distrito del cual somos vecinos; tampoco puede dejar de mencionarse las famosas liquidaciones o tarjetas de créditos que nos ofrecen diariamente las grandes tiendas comerciales, en nuestro propio hogar; o las financieras, o los agentes de seguros automotriz, los corredores de seguros para jubilar, los vendedores de pólizas de seguros para la salud, en fin, un amplísimo número de personas que golpean diariamente nuestro hogar, dominando gran parte de nuestra información privada o de nuestras familias. Por otra parte no podemos dejar de mencionar la tecnología como otra forma de amenaza, es así que la existencia de la computadora conectada a Internet, puede ocasionar daños irreparables en el concepto que tienen los demás respecto de determinada persona. Son estos hechos que inspiraron el estudio y el análisis de la vida privada como un bien jurídico legalmente protegido, enfocando nuestra investigación, especialmente en la Ley de Abusos de Publicidad N°16.643. Esta investigación en particular aspira a ser un trabajo clarificador y delimitador de las ideas que se manejan respecto de la intimidad, como un elemento abstracto del hombre y digno de ser protegido por nuestro ordenamiento jurídico, el cual, debe constantemente ser modificado o regulado a través de nuevas leyes modificatorias que manejen una connotación adecuada de la vida privada, del honor, honra, reputación y de la intimidad· de las personas y sus familias en relación con los nuevos instrumentos que atentan contra ella. Además, pretende establecer el derecho a la intimidad como bien jurídicamente protegido, resguardado por nuestra Constitución de 1980, y del cual todos los seres humanos por el solo hecho de haber nacido tenemos dentro de nuestro patrimonio, no importando si los demás mantienen una buena o mala reputación respecto de nosotros; siendo el honor y la reputación bienes jurídicos completamente distintos del derecho a la intimidad. Por otra parte, este trabajo pretende acabar con la tendencia de creer que la intimidad es sinónimo del honor, la honra o de otros bienes jurídicos como en un momento fue tratado por la legislación en Chile, pero no podemos desconocer que el derecho a la vida privado o la intimidad conjuntamente con el honor forman parte dentro de la clasificación doctrinaria de los llamados derechos de la personalidad de las personas. Otros de los objetivos que se pretenden alcanzar es poder encontrar una delimitación de la vida privada que responda al concepto que maneja la generalidad de las personas, tarea muy difícil de lograr; sin embargo mediante la identificación de ciertos elementos constitutivos de la vida privada pretendemos configurar los límites de vida privada y pública de las personas.