Principio de probidad en materia administrativa
dc.contributor.advisor | Gomez Piazza, Jorge | |
dc.contributor.author | Arenas Martínez, Luis | |
dc.contributor.editor | Facultad de Ciencias Jurídicas | |
dc.date.accessioned | 2018-08-17T21:33:02Z | |
dc.date.available | 2018-08-17T21:33:02Z | |
dc.date.issued | 2012 | |
dc.description | Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas) | es_ES |
dc.description.abstract | 6 El presente trabajo ha tenido por objeto estudiar el Principio de Probidad Administrativa que, aún, cuando había sido consagrado por nuestra legislación, carecía de un tratamiento adecuado, caracterizándose por la subjetividad y falta de claridad de las normas que lo establecían, y pese a establecer las conductas que atentaban contra este principio, éstas eran de difícil calificación por lo subjetivo de las mismas. Esta dificultad vino a ser subsanada por la reforma constitucional N° 20.050, puesto que introdujo en nuestra Carta Fundamental la noción de probidad administrativa en el inc. 1 del artículo 8 ya que además incorporó mayor claridad respecto del Principio de la Probidad Administrativa, principalmente, y de otros principios, como el de transparencia, ambos en el ejercicio de la función pública. El tema se desarrolla, tratando de descifrar que entendemos por Probidad y, por otra parte, descubrir la vinculación existente entre ella y la Ética, ya que han sido siempre relacionadas, sin que encontremos algo concreto que ligue ambas ideas, más allá de nuestra intuición. Por consiguiente, y debido a dicha relación, incluimos una breve investigación realizada sobre Ética y Corrupción, por la importancia, que a nuestro juicio, posee dicha materia en la actividad humana y por el vínculo que hay entre ella y la Probidad una como sinónimo y la otra como antónimo de ésta. Analizaremos la función pública y al funcionario público y su responsabilidad, en el ámbito de la Probidad y por último la consagración del Principio de Probidad y la historia de las leyes, antes de llegar a la reforma constitucional del año 2005, que termino por consagrar este principio tan relevante. El mundo y la sociedad tienen que ir hacia una eficacia, para que la probidad sea real y concreta. El establecimiento correcto de una norma precisa, un procedimiento adecuado y sanciones apropiadas que determinaran que exista a probidad. | es_ES |
dc.identifier.uri | http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/6684 | |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.publisher | Universidad Andrés Bello | es_ES |
dc.subject | Probidad Administrativa | es_ES |
dc.subject | Corrupción Administrativa| | es_ES |
dc.subject | Ética| | es_ES |
dc.title | Principio de probidad en materia administrativa | es_ES |
dc.type | Tesis | es_ES |
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