Prisión preventiva e internación provisoria juvenil como límite la presunción de inocencia.
dc.contributor.advisor | Saldivia Wellmann, Andrés | es |
dc.contributor.author | Duarte Fuentes, Macarena | es |
dc.contributor.editor | Facultad de Derecho | es |
dc.contributor.editor | Facultad de Ciencias Jurídicas | es |
dc.contributor.editor | Escuela de Derecho | es |
dc.date.accessioned | 2013-11-06T20:41:02Z | es |
dc.date.accessioned | 2016-07-26T19:58:41Z | |
dc.date.available | 2013-11-06T20:41:02Z | es |
dc.date.available | 2016-07-26T19:58:41Z | |
dc.date.issued | 2013 | es |
dc.description | Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas) | es |
dc.description.abstract | INTRODUCCIÓN: La presunción de inocencia es una de las garantías básicas del proceso penal, más aún forma parte de un debido proceso y es tal su alcance que se trata de una regla que va implícita en el trato que se debe dar al imputado. Desde luego esta se extiende al menor al que se le atribuye una conducta con carácter penal. Dicha garantía está reconocida en el artículo 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, la que sostiene que es “el derecho que tiene toda persona acusada de un delito a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y al juicio público en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. Para muchos autores la prisión preventiva del adulto e internación provisoria del menor constituye una vulneración a la presunción de inocencia debido a que “el estatus normal del imputado durante el proceso es el pleno goce de sus Derechos constitucionales, esto es, mientras no exista una sentencia que establezca la existencia de los supuestos de la responsabilidad penal, el imputado debe, en principio, ser tratado como cualquier otro ciudadano.” 1 El pensador CESAR BECARIA sostiene que “un hombre no puede ser llamado reo antes de la sentencia del juez, ni la sociedad puede quitarle la publica protección sino cuando este decidido que ha violado los pactos bajo los que fue concedida”.2 Por su parte el profesor FERRAJOLI establece que “la prisión provisional antes de la condena es ilegítima e inadmisible, ya que vulnera el principio de jurisdiccionalidad, en la medida que la presunción de inocencia asociada a la regla de tratamiento del imputado restringe al mínimo la limitación de la libertad personal; además, señala que no basta con poder ser detenido únicamente... | es |
dc.identifier.uri | http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/1292 | |
dc.language.iso | es | es |
dc.publisher | Universidad Andrés Bello | es |
dc.relation.ispartofseries | Clasificación: 340 D812p 2013 | es |
dc.subject | PRISION PREVENTIVA -- CHILE | es |
dc.subject | Presunción de Inocencia | es |
dc.subject | FULL | es |
dc.title | Prisión preventiva e internación provisoria juvenil como límite la presunción de inocencia. | es |
dc.type | Tesis | es |
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