Sistema de salud chileno : salud administrada : ¿una opción para Chile?

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Fecha
2013
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
Nuestro modelo de salud, ha sido objeto de diversas modificaciones, pero la última y más importante de ellas, se efectuó a fines de la década de los setenta y principios de los ochenta. Pues, es en el año 1979, cuando se dicta el decreto ley Nº 2.763, que entra en vigencia a partir de 1980, el que creó el Sistema Nacional de Servicios de Salud (SNSS), el que a su vez, comprendió la creación de diversos Servicios de Salud, “el Instituto de Salud Pública (ISP), la Central de Abastecimientos del Instituto de Salud Pública (CENABAS) y - el Fondo Nacional de Salud (FONASA).-”3 Con la inclusión de toda esta normativa a nuestra legislación, se da inicio a un proceso de descentralización del sistema, en el cual comienzan a apartarse las funciones normativas, operativas, funcionales y operativas; en donde las primeras le corresponden al Ministerio de Salud, las segundas, conjuntamente, a la Central de Abastecimientos del Sistema Nacional de los Servicios de Salud, al Instituto de Salud Pública y a los Servicios de Salud, las terceras, es decir, las funciones financieras, al Fondo Nacional de Salud; y las últimas, a las Municipalidades. Este proceso se concreta posteriormente a través del decreto con fuerza de ley Nº 3 del año 1981 que creó el Sistema de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPREs). Durante el año 2002, la salud ha ocupado un importante papel en la discusión de las políticas públicas, toda vez que se ha impulsado, desde el Gobierno, una reforma integral al sistema de protección de ella, cuyo objetivo declarado es terminar con las inequidades y discriminaciones que se presentan entre quienes están afiliados a uno u otro sistema. Así, dado el incremento de los afiliados en el sistema de salud privado, a partir del año 2008, comienza a hacerse latente la diferenciación de la tabla de factores de riesgo de las Isapres, discriminando éstas, por sexo y edad, desencadenando así, un “boom” de acciones constitucionales ante los tribunales, lo que posteriormente, causa el pronunciamiento del Tribunal Constitucional respecto a este tema. De esta forma, el año recién cursado, este tribunal, emite un pronunciamiento, prohibiéndole, a las Instituciones de Salud Previsional, distinguir a sus afiliados por sexo y edad, por ser “factores inherentes a la condición humana”. Emitido este polémico fallo por parte de nuestro Tribunal Constitucional, el gobierno en curso, envía al Congreso un proyecto de ley, más conocido como “Ley Corta de Isapres” que, lamentablemente, sigue distinguiendo a los afiliados por sexo y edad. El proyecto presentado por el ejecutivo no constituye una solución de largo plazo para el sistema, pues la tabla actual ya se encontraba aplanada, creando para las Isapres el incentivo a seleccionar a los afiliados; es decir, la posibilidad de rechazar a aquellos considerados más riesgosos y gastar recursos en buscar a los que lo sean menos. Este proyecto, busca fundamentar las alzas periódicas de los precios bases de los planes, a través de la creación de un “IPC” referencial 8, lo que no restringe la libertad de las Isapres, ni fundamenta de manera clara y precisa las diferentes alzas – objeto de los miles de recursos de protección presentados ante las Cortes de Apelaciones – entre ellas y sus planes; por lo que el proyecto del ejecutivo no acaba con el problema. La solución a todos los problemas que experimenta el Sistema de Salud Chileno, no es la “Ley Corta de Isapres” presentada por el ejecutivo, sino que, la constituye, la implementación de un “Sistema de Salud Administrada”; pues un sistema de este tipo, no controla la frecuencia de las prestaciones médicas, los tratamientos que los facultativos prescriben, ni tampoco los planes que se ofrecen, impidiendo también, que en caso de una eventual alza, el sujeto sea expulsado del sistema de salud privado (todas estas, constituyen exigencias impuestas por el Tribunal Constitucional en su fallo del año reciente). Un sistema de Salud Administrada permite “mayor contención de los costos y la frecuencia de las prestaciones, y promueve una igualdad entre los adscritos al sistema.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Sistema de Salud, Salud, Aspectos Jurídicos, Chile
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