Situación del cónyuge sobreviviente en la ley Nro. 19.585

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2000
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Universidad Andrés Bello
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Resumen
En la presente investigación buscamos analizar las reformas introducidas por la Ley N° 19.585, en lo que dice relación a los derechos del cónyuge sobreviviente. La Ley a que hacemos referencia, que entró en vigor el 26 de octubre pasado, unifica el sistema de filiación, suprimiendo la distinción entre categorías de hijos, pero, al mismo tiempo introduce dos importantes reformas a nivel sucesora y que son independientes a los principios igualitarios consagrados en ella. Estas son las siguientes: a) La modificación de los derechos sucesorales del cónyuge sobreviviente a través de la eliminación de la porción conyugal como asignación forzosa, a cambio de conferirle la calidad de legitimario. b) La modificación de los derechos del cónyuge sobreviviente en la partición mediante la atribución preferencial a su favor del hogar común (nuevo N° 10 del artículo 1337 del Código Civil). Sobre estos dos grandes temas pretendemos enfocar nuestro estudio y particularmente examinar de qué forma esta enmienda mejora la situación del cónyuge sobreviviente, colocándolo en una posición privilegiada en desmedro de cualquier otro sucesor, en especial de los hijos. Respecto a la supresión de la porción conyugal, ella significa una notable simplificación del sistema sucesora! existente y responde satisfactoriamente a las demandas que hace largo tiempo venían formulando diversos sectores de la doctrina nacional. De esta manera desaparecen las múltiples dificultades de cálculo que provocaba dicha asignación, así como las acaloradas discusiones en torno a su procedencia e interpretación. Si bien la nueva calidad de legitimario que asume el cónyuge sobreviviente lo coloca en una categoría en la- que no es asignatorio exclusivo, resulta de todas formas protegido por diversos mecanismos legales. Por ejemplo, de acuerdo al nuevo artículo 988 inciso 2°, en el primer orden de sucesión, es decir, cuando concurren también los descendientes del cónyuge difunto, sean de filiación matrimonial o no matrimonial, se le asegura una cuota hereditaria mínima equivalente a una cuarta parte de la herencia o de la mitad legitimaria en su caso...
Notas
Tesis (Derecho)
Palabras clave
Cónyuge Sobreviviente, Aspectos Jurídicos, Normalización, Derechos sucesorales, Chile
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