Impacto social del divorcio vincular chileno

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Fecha
2012
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
La presente investigación tiene por objeto lograr determinar de manera efectiva, por un lado si la nueva ley de matrimonio civil la Ley 19947 ha cumplido como tal en los beneficios que se sugieren para el menor una vez decretado el divorcio y por otro, si las normativas existentes dan firme protección y seguridad al menor en cuanto a sus aspectos tanto sicológicos como sociales, una vez que sus padres han decidido poner término al matrimonio. El interiorizarnos del matrimonio y de las causales que ponen fin a éste resulta necesario analizar, tanto desde la perspectiva legal como social, aquella causal recurrente que pone término definitivamente al vínculo matrimonial. Es por ello que la entrada en vigencia de la Ley 19947 implicó una serie de modificaciones importantes derivadas de la antigua ley de 1884 y con ello una institución más sólida y dirimente respecto al término del matrimonio. “El divorcio es una institución que presupone la existencia de un matrimonio válido y que ha producido todos sus efectos, pero que por la concurrencia de ciertas causas sobrevenidas a su celebración, se declara terminado mediante una resolución judicial”1 . Entonces, al presuponer la Ley la existencia de un matrimonio válidamente celebrado, otorga el derecho de exigir ciertas obligaciones y deberes por parte de los cónyuges, con especial atención al estado de vulnerabilidad emocional a que quedan sometidos los hijos cuando se ha decretado la separación definitiva de sus progenitores. En atención a esto, es necesario implementar mecanismos que permitan resguardar la integridad síquica del menor, a fin de evitar que los cambios experimentados no sean tan radicales frente a situaciones en que no son lo suficientemente capaces de entender. La ley vigente constituye normas que no dejan en desamparo al menor situándolo en la separación de los cónyuges cuando éstos mismos no pudieren convenir que sería lo más favorable para los hijos habidos en el matrimonio, en virtud de lo expuesto en el artículo 23 de la Ley de Matrimonio Civil. “La situación ideal de ruptura matrimonial sería aquella en la que ambos cónyuges desean divorciarse, llegan a un acuerdo personal sobre los hijos y sobre los bienes y no necesitan ir a pelearse delante de un juez”3, la que beneficiaría y protegería de manera satisfactoria los intereses de los menores. No obstante, la realidad es distinta, siendo el principal objetivo ahondar en soluciones concretas que otorguen seguridad y confiabilidad a la protección de los hijos. Lo que importa aquí es velar por el interés de los hijos, establecer nuevas medidas que permitan sostener de manera integral la situación del menor, implementar mejoras en los sistemas de protección al menor y crear nuevas normas o instituciones que permitan salvaguardar la situación de los hijos de matrimonios disueltos por sentencia de divorcio o nulildad. Por lo expuesto, a continuación se bosquejará este trabajo, de tal manera, de ir utilizando un despliegue de todo el diseño y estructura que ha permitido ir construyendo esta investigación, a saber: En el Capítulo I: Se da a conocer los atisbos de la familia como institución y de lo que ella deriva en cuanto a núcleo fundamental de la sociedad. En el Capítulo II: Se hará referencia al Divorcio Vincular como parte importante dentro de las consecuencias que derivan de este, sus inicios y todo de lo que éste deriva. En el Capítulo III: Se aborda el Interés Superior del niño desde el punto de vista social y afectivo. En el Capítulo IV: Se realizará un análisis de Derecho Comparado, en cuanto a cómo es la situación en otros países frente a la protección síquica del menor En el Capítulo V: Se entregan las Conclusiones y observaciones de dicho Estudio.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Divorcio, Aspectos Jurídicos, Matrimonio
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