IncorporaciĆ³n del defensor del pueblo en Chile como tutor de los derechos ciudadanos
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Date
2010
Authors
Profesor/a GuĆa
Facultad/escuela
Idioma
es
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
Universidad AndrƩs Bello
Nombre de Curso
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Abstract
La instituciĆ³n actualmente llamada "Ombudsman", o defensor del pueblo, es una
creaciĆ³n sueca existente desde 1713, y tiene como principal finalidad, la defensa de los
derechos ciudadanos frente al poder de la administraciĆ³n.
En la actualidad, un gran nĆŗmero de paĆses ha incorporado Ć©sta instituciĆ³n a su
ordenamiento jurĆdico, transformĆ”ndose en un recurso de uso directo de gran prestigio
y obligatoriedad moral, para que los ciudadanos puedan hacer efectivos sus derechos
humanos y ciudadanos, frente a excesos de poder de organismos de la administraciĆ³n en
sus respectivos estados.
El "Ombudsman" es tambiƩn conocido como: el Defensor del Pueblo, Defensor
del Ciudadano, Procurador General, Contralor del Estado, Comisionado, Defensor
CĆvico, Prokuratura, Abogado Social de la AutogestiĆ³n, Proveedor de Justicia, Abogado
del Pueblo o Fiscal Popular, Mediador, entre muchos otros.
Las facultades del "Ombudsman" varĆan dependiendo del paĆs en donde veamos
desarrollada su instituciĆ³n. Por ejemplo, el Alemania vemos que apunta a velar por la
dignidad militar; mientras que en otros paĆses estĆ” encargado de la defensa de los niƱos, a
la no discriminaciĆ³n de sexos o a la discriminaciĆ³n Ć©tnica, o desarrollados en relaciĆ³n
con la protecciĆ³n de la totalidad de los derechos fundamentales. Pero en el Ć”mbito en
donde mĆ”s ha proliferado, es en la instituciĆ³n del control de "los actos de la
administraciĆ³n", o, en velar por la dignidad de las personas frente a las actuaciones
administrativas del Estado.
Los sistemas de nombramiento tambiƩn son variados, ya sea exclusivamente por
el Parlamento como en paĆses como Suecia, Finlandia y Dinamarca; por el Poder
Ejecutivo en naciones como Egipto, Filipinas y Francia; o a travƩs de un nombramiento
compartido entre Parlamento y Ejecutivo, como ocurre en paĆses como Israel y CanadĆ”.
En el Proyecto de Ley propuesto en Chile, el Ombudsman serĆa nombrado por el
Presidente de la RepĆŗblica con acuerdo de la CĆ”mara de Diputados.
La complejidad del Estado Chileno contemporƔneo, y las crecientes necesidades
pĆŗblicas, que requieren con urgencia una soluciĆ³n rĆ”pida y eficaz, van generando un
estado de necesidad en las personas frente a los organismos de la administraciĆ³n,
situando a los ciudadanos en una indefensiĆ³n permanente al no encontrar las respuestas
y soluciones concretas que necesitan para remediar sus problema cada vez mayores.
Los mecanismos tradicionales del Estado de derecho que pretenden amparar la
dignidad de la persona, implican desatar el formalismo del Ć³rgano de amparo respectivo,
arrancarlo de su estĆ”tica, en un procedimiento normalmente costoso, rĆgido y
burocrĆ”tico, que implica, por su complejidad, la contrataciĆ³n de profesionales que
gestionen y muevan al aparataje del Estado que incidan en la protecciĆ³n.
Hoy en dĆa el Estado tiene un sin nĆŗmero de mecanismos para proteger a las
personas, tales como: recursos judiciales, administrativos, legislativos etc.-, pero estos no
son funcionales, sino que por el contrario, son ineficaces cuando se trata de proteger a
la persona.
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Tesis (Licenciado en Ciencias JurĆdicas)
Keywords
Defensor del Pueblo, Defensa de los derechos ciudadanos, Poder Administrativo, Ordenamiento jurĆdico, Chile