La oralidad como principio informador del nuevo procedimiento penal en Chile

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Fecha
1999
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
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Licencia CC
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Resumen
Es preciso advertir que el procedimiento oral reinó en toda la antigüedad. La República romana lo perfeccionó y ni siquiera el Imperio pudo abatirlo, en cuanto al juicio, a pesar de adoptar la escritura en un período preliminar; también lo encontramos en la primera mitad de la edad media, pues los germanos no conocieron otro, y solo murió cuando se implantó el sistema inquisitivo, por la fuerza de una concepción que percibió en el procedimiento escrito la forma de imponer el secreto y despreciar la defensa de los derechos del imputado. Como era lógico, la Revolución francesa decretó el triunfo definitivo del juicio oral, público, contradictorio y continuo, aunque posteriormente se implantará una instrucción escrita. El sistema mixto se expandió por toda Europa, incluso en España, donde el procedimiento oral, para la fase decisiva del juicio, fue establecido definitivamente en 1882. Puesto que el método oral rigió siempre en Inglaterra y Estados Unidos de Norteamérica, no es difícil anotar que el procedimiento escrito constituye, en el mundo civilizado actual, una excepción que sólo encontramos en América Latina, donde generalmente impera la antigua legislación española. El ejemplo de los países civilizados, incluso la Madre Patria, ha sido despreciado bajo el influjo de una inercia contraria a la lógica, a los postulados de nuestro régimen político y a las exigencias de la justicia. Este proyecto de procedimiento penal, por lo tanto, no ha hecho más que obedecer a tales imperativos y a las enseñanzas de la experiencia ajena.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Juicio Oral
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