La oralidad como principio informador del nuevo procedimiento penal en Chile
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Fecha
1999
Profesor/a Guía
Facultad/escuela
Idioma
es
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Editor
Universidad Andrés Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
Es preciso advertir que el procedimiento oral reinó en toda la antigüedad. La
República romana lo perfeccionó y ni siquiera el Imperio pudo abatirlo, en cuanto al
juicio, a pesar de adoptar la escritura en un período preliminar; también lo
encontramos en la primera mitad de la edad media, pues los germanos no conocieron
otro, y solo murió cuando se implantó el sistema inquisitivo, por la fuerza de una
concepción que percibió en el procedimiento escrito la forma de imponer el secreto y
despreciar la defensa de los derechos del imputado.
Como era lógico, la Revolución francesa decretó el triunfo definitivo del juicio oral,
público, contradictorio y continuo, aunque posteriormente se implantará una
instrucción escrita. El sistema mixto se expandió por toda Europa, incluso en España,
donde el procedimiento oral, para la fase decisiva del juicio, fue establecido
definitivamente en 1882.
Puesto que el método oral rigió siempre en Inglaterra y Estados Unidos de
Norteamérica, no es difícil anotar que el procedimiento escrito constituye, en el
mundo civilizado actual, una excepción que sólo encontramos en América Latina,
donde generalmente impera la antigua legislación española. El ejemplo de los países
civilizados, incluso la Madre Patria, ha sido despreciado bajo el influjo de una inercia
contraria a la lógica, a los postulados de nuestro régimen político y a las exigencias
de la justicia.
Este proyecto de procedimiento penal, por lo tanto, no ha hecho más que obedecer a
tales imperativos y a las enseñanzas de la experiencia ajena.
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)
Palabras clave
Juicio Oral