Hacia la objetivización del daño moral.

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Miniatura
Fecha
2013
Profesor/a GuĆ­a
Facultad/escuela
Idioma
es
TĆ­tulo de la revista
ISSN de la revista
TĆ­tulo del volumen
Editor
Universidad AndrƩs Bello
Nombre de Curso
Licencia CC
Licencia CC
Resumen
INTRODUCCIƓN: La responsabilidad extracontractual es uno de los Ć”mbitos del Derecho que ha tenido mayor desarrollo en los Ćŗltimos tiempos, pasando de ser un tema residual dentro de la esfera del Derecho de obligaciones, a ser un tema de los mĆ”s desarrollados. Esto encuentra su razón, en que la posibilidad de incurrir en daƱos, o de ser vĆ­ctima de ellos en la actualidad, es muy alta. Estamos constantemente expuestos a un sinfĆ­n de riesgos en cuya ocurrencia intervienen terceros. ConsidĆ©rese nada mĆ”s los daƱos ocasionados a consecuencia del desarrollo económico, como son los daƱos al medio ambiente, los ocasionados a consecuencia del progreso cientĆ­fico y tecnológico, que en la actualidad han llegado a ser de los mas variados tipos y magnitudes o el simple hecho de contraer por contagio una enfermedad, circunstancias que dejan entrever que el desarrollo tan alarmante de la ciencia, tecnologĆ­a, e industria ,ha provocado que el catalogo de peligros y naturaleza de los daƱos a los cuales se pueden ver expuestas las personas, se haya ampliado enormemente, creciendo de manera exponencial. Todo lo cual se manifiesta en que hoy en dĆ­a es ā€œ(…) prĆ”cticamente imposible que el mĆ”s cuidadoso de los ciudadanos pueda estar seguro de no lesionar a nadieā€1 Dentro del desarrollo de la responsabilidad extracontractual, el daƱo moral ha sido uno de sus mĆ”s importantes frutos, ya que en nuestra vida de relación las lesiones a que nos vemos expuestos no solamente afectan nuestro patrimonio, por el contrario, muchas veces el objeto de la lesión pasa a ser nuestra persona intelectual, nuestros sentimientos o nuestra dignidad, por lo que obtener una adecuada reparación frente a este tipo de daƱo urgĆ­a. Este tipo de daƱo tiene la particularidad que fue desarrollado por nuestra jurisprudencia, la cual por razones de equidad resolvió indemnizar tal categorĆ­a de perjuicios, a pesar de que el Código Civil no concibiera expresamente la noción de daƱo moral, dĆ”ndose de esta manera cabida a un daƱo distinto al tradicional daƱo patrimonial...
Notas
Tesis (Licenciado en Ciencias JurĆ­dicas)
Palabras clave
DaƱo Moral., CODIGO CIVIL CHILENO.
Citación
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