Proyecto de reforma al C.P.C. : relativo a los medios extraordinarios para poner fin al procedimiento
dc.contributor.advisor | Retamal Fabry, Miguel | |
dc.contributor.author | González Mena, Carolina | |
dc.contributor.editor | Facultad de Ciencias Jurídicas | |
dc.contributor.editor | Escuela de Derecho | |
dc.date.accessioned | 2020-05-08T23:02:46Z | |
dc.date.available | 2020-05-08T23:02:46Z | |
dc.date.issued | 2004 | |
dc.description | Tesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas) | es |
dc.description.abstract | El conflicto constituye, sin duda, un factor inherente de la interacción humana. Se manifiesta en todos los ámbitos de la vida cotidiana de los hombres, no sólo en el ámbito judicial. El conflicto, muchas veces, resulta parecido al concepto de "problema", aunque existe entre ellos una relación de género a especie, debido a que no todos los problemas son conflictos, en cambio, todos los conflictos son problemas. La historia, desde sus inicios, nos da a entender que las primeras formas asumidas para la resolución de los conflictos entre los hombres, fueron producto de sus propias decisiones, sea porque aplicaban la ley del más fuerte o porque estipulaban una pauta de acercamiento que evitaba profundizar la crisis. Pero, en ambos casos, se partía del enfrentamiento individual, no existían terceros involucrados y, si eventualmente estaban, en realidad, compartían el interés de uno de los contradictores. Hoy en día, es una realidad palpable el aumento del número de procesos judiciales en casi todos los países, incluido el nuestro. Esto tiene diversas causas: empíricamente, podemos señalar el crecimiento de la población; las crisis económicas; la complejidad, cada vez mayor, de la vida social, etcétera. Consecuencia directa de aquello, es que los tribunales se encuentran atestados de pleitos, muchos de los cuales, podrían haberse resuelto previamente por otros mecanismos, logrando una mayor rapidez y eficacia, que ayudaría a una disminución en el tiempo empleado en el litigio y una disminución en el costo que significa seguir un procedimiento. Además, este recargo excesivo en el Poder Judicial local genera presiones diversas. Por un lado, cada vez se requiere un mayor presupuesto; por otro, al no poder aumentarse el número de funcionarios judiciales, al mismo ritmo que el incremento de los conflictos litigiosos, los jueces y el personal existente tienen, cada vez, menos tiempo para dedicar a cada petición de las partes. La situación descrita obliga a una reformulación de la política judicial, buscando el establecimiento de nuevos mecanismos para el tratamiento de los litigios. La creación de nuevos juzgados y el aumento de personal ha sido la política tradicional, en occidente, para enfrentar el crecimiento del número de procesos; sin embargo, esta medida, como estrategia única, tiene sus deficiencias, ya que nunca serán suficientes los órganos jurisdiccionales que se creen y no se enfrentará la causa del aumento de trabajo. Esta solución es necesaria complementarla con otros mecanismos, ya que este problema no obedece al aumento de juzgados y personal, sino que al desconocimiento de la población en torno a los métodos alternativos de resolución de controversias. La opción de estas vías significa optimizar recursos humanos y económicos tanto para el tribunal como para las partes y la sociedad. Para el tribunal, el hecho que éstas recurran a los medios alternativos antes que se llegue a la sentencia, significa aumentar su capacidad y eficacia en cuanto a que sólo las causas con verdadera complejidad jurídica continuarán un proceso y requerirán de una resolución judicial. Para las partes, estos métodos importan una reducción de tiempo y costos, evitando la continuación de procesos judiciales innecesarios y el desgaste de las relaciones interpersonales que conllevan los litigios. Al entregar la solución del conflicto a las partes, por alguno de estos medios, se les da la posibilidad de acercarse verdaderamente al ideal de la justicia, pues se basa en la verdad real de los hechos que sólo manejan éstas y no aquella formal, a la cual tiene acceso el juez, como antecedente para dictar sentencia. Demás está recordar la antigüedad del Código Civil, la lentitud y burocracia que conllevan los procesos judiciales en los tribunales, así como la dificultad para aplicar le ley en algunos casos, producto de muchos vacíos que se han generado al no incorporar materias y fenómenos propios de la evolución de la sociedad. Por lo cual, queda de manifiesto el aporte que significa la solución alternativa a los procesos judiciales, debido a que contribuyen a dar mayor eficacia, agilidad y economía a la administración de justicia. En este contexto, el propósito de este trabajo es proporcionar una visión renovada sobre los métodos alternativos para la solución de conflictos: por una parte, se aborda el contenido propio de cada método, sus defectos en el sistema actual y, en un análisis crítico, se pretende proporcionar elementos que puedan favorecer una evolución de las vías de resolución de conflictos, como lo requiere toda institución jurídica al servicio de la justicia y, por otro lado, esta memoria pretende considerar las tendencias relevantes, de las legislaciones latinoamericanas más importantes, hoy en día, por su cercanías con nuestro país. | es |
dc.identifier.uri | http://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/13363 | |
dc.language.iso | es | es |
dc.publisher | Universidad Andrés Bello | es |
dc.subject | Solución de Conflictos | es |
dc.subject | Aspectos Jurídicos | es |
dc.title | Proyecto de reforma al C.P.C. : relativo a los medios extraordinarios para poner fin al procedimiento | es |
dc.type | Tesis | es |
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