Relaciones laborales de carácter trilateral: subcontratación y el suministro personal

dc.contributor.advisorCaballero Muñoz, Rodolfo
dc.contributor.authorSantelices Pérez, Inés
dc.contributor.editorFacultad de Ciencias Jurídicas
dc.date.accessioned2019-05-10T15:55:25Z
dc.date.available2019-05-10T15:55:25Z
dc.date.issued2009
dc.descriptionTesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)es_ES
dc.description.abstractEl trabajo al igual que la historia de la humanidad tiene su propia historia; en sus primeras etapas es un trabajo que se desarrolla con la finalidad de satisfacer las necesidades básicas del hombre, luego en la época de la Revolución Industrial se ejecuta de conformidad a la forma de organización de las industrias y en virtud de ello se desarrollan conceptos jurídicos conocidos hasta hoy como son el trabajo subordinado, trabajo asalariado, poder disciplinario, poder de mando, etc. Hoy en día estas mismas industrias han cambiado sus sistemas de producción lo cual ha generado cambios en las modalidades de trabajo. Las empresas tanto a nivel mundial como nacional producto de la globalización se han visto en la necesidad de mantenerse vigentes y competitivas en el mercado, para ello han debido externalizar actividades que no son propias de su giro principal. De esta manera se dedican única y exclusivamente a su propio negocio. En virtud de ello las empresas han cambiado su sistema productivo, se pasa de un sistema taylorista/fordista a un sistema de producción más flexible, para mantenerse vigentes en el mercado. Es en este contexto donde nacen las nuevas modalidades de trabajo como son el outsourcing, la subcontratación y el suministro de personal. Estas son formas de externalización de la producción. Estas nuevas modalidades de trabajo son atípicas y de carácter trilateral en donde nos encontramos con un intermediario entre el trabajador y sus empleador. Estos trabajos atípicos se desarrollaban en una total precariedad y es por ello que nuestro legislador ha reaccionado dictando la ley 20.123, para dar solución a tal situación. A través de la Ley de Trabajo en Régimen de Subcontratación se define qué es lo que se entiende por trabajo subcontratado y se establecen las responsabilidades que deben tener las empresas. Así como también se formaliza el suministro de trabajo y se establecen los requisitos que deben cumplir las Empresas de Servicios Transitorios para prestar servicios como tal, así como las responsabilidades que debe tener la empresa usuaria, etc. A lo largo de nuestro trabajo podemos ver cómo ha evolucionado el trabajo dependiente y asalariado, además como nacen estas nuevas modalidades de trabajo atípicas como son la subcontratación y el suministro de personal y en qué consisten estas figuras laborales de carácter trilateral y esencialmente transitorias. También se analiza la ley 20.123 y los puntos de precariedad que sigue manteniendo el trabajo en estas nuevas modalidades, como también se señalan las diferencias que existen entre la subcontratación y el suministro. Por último se exponen las nuevas facultades que tiene la Dirección del Trabajo como ente fiscalizador.es_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/8784
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Andrés Belloes_ES
dc.subjectSubcontrataciónes_ES
dc.subjectDerecho Laborales_ES
dc.subjectChilees_ES
dc.titleRelaciones laborales de carácter trilateral: subcontratación y el suministro personales_ES
dc.typeTesises_ES
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