Legalización eutanasia como opción a una muerte digna

dc.contributor.advisorVidal Beros, Christian
dc.contributor.authorSanhueza González, Consuelo Elena
dc.contributor.editorFacultad de Ciencias Jurídicas
dc.date.accessioned2018-12-12T20:26:24Z
dc.date.available2018-12-12T20:26:24Z
dc.date.issued2012
dc.descriptionTesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)es_ES
dc.description.abstractEl fenómeno Constitucional que ha producido una posible legislación pro eutanasia en Chile ha generado variadas polémicas en distintas aéreas, tanto jurídica, como ética, religiosa y científica. Esto no deja de ser preocupante, el tema de la eutanasia no es nuevo, debido a los avances de la tecnología y su aplicación en la medicina a través de los llamados “medios extraordinarios”, con los cuales se puede prolongar la vida de enfermos terminales; es necesario enfatizar que dichos enfermos no tienen la posibilidad de recobrar su salud, por ende, sólo esperan un tiempo más para morir. “Tal es el caso de la esclerosis lateral amiotrófica –ELA-, una enfermedad neuromuscular que provoca una parálisis progresiva, fallas respiratorias y la muerte entre los tres y cinco años después del diagnóstico. Las opciones de tratamiento para este padecimiento son sólo paliativas y su curso natural suele producir la muerte por asfixia”1. Sin duda que la posibilidad de postergar artificialmente la muerte plantea cuestiones éticas relevantes tanto para quienes desean seguir viviendo como para quienes prefieren, en cambio, morir libres de las “interferencias” de la medicina moderna. Por lo anterior, creemos que no es necesario el sufrimiento y el dolor, la vida no tiene más valor por soportar mayor sufrimiento. En realidad no se tiene tanto miedo a la muerte sino, más bien, a la forma de morir. La eutanasia y el suicidio médicamente asistido, en adelante SMA, son temas de inevitable controversia por la cantidad de elementos que intervienen en su discusión. Esto es por las experiencias y los valores personales, las creencias religiosas, los aspectos culturales como legales- que es lo que nos preocupa a nosotros-. Sin embargo, la necesidad de revisar y reflexionar sobre las valoraciones éticas y las leyes que regulan estas prácticas es improrrogable en muchos países ante el aumento de padecimientos que entrañan sufrimientos devastadores para los enfermos. Chile no se queda atrás, es relevante analizar la posibilidad de legalizar la eutanasia y SMA luego que, constituyen formas diferentes de poner fin a la propia vida en determinadas circunstanciaspadecimiento de una enfermedad terminal- totalmente regladas. Se cuestiona que la eutanasia iría contra la Constitución Política de la República porque la vida es un derecho inalienable y nadie tiene derecho a privar de la vida, aún a los enfermos terminales, pero si esto fuera así dejaría de ser un derecho de la persona, más sería un deber e iría en contra de la libertad. Igualmente se dice que el sufrimiento humano es un proceso de purificación de las almas y cuerpos, no obstante en un sistema liberal como el nuestro se caracteriza por un pluralismo de pensamientos y creencias que permite a sus miembros una amplia variedad de posturas religiosas, pero eso no quiere decir que nuestra legislación deba legislar de acuerdo a esos pensamientos o que sus pensamientos obliguen a al Estado ser normas vinculantes. Sin embargo, en una sociedad liberal el valor supremo es la autonomía personal, es decir, el derecho de uno mismo a elegir su estilo de vida propio, todos tenemos derecho de disponer de nuestras vidas y reivindicar la autonomía como parte integral de la dignidad humana, es por eso que las enfermedades terminales limitan la dignidad humana y reducen a meros objetos los cuerpos. A nuestro parecer las personas tienen el derecho y la responsabilidad moral de enfrentarse por sí mismas a las cuestiones fundamentales acerca del significado y valor de sus propias vidas, respondiendo a sus propias conciencias y convicciones, por lo que no es posible situar en todos los casos el derecho a la vida por encima del de la libertad de las personas y de su dignidad, por lo tanto, este derecho a la vida lleva aparejado el deber de respetar la vida ajena, pero no el deber de vivir en contra la propia voluntad y es en punto que la eutanasia y el SMA no es contraria a nuestra Constitución, desde el momento en que el Estado está al servicio de la libertad individual; de la persona humana. El ejercicio de la libertad exige respeto, regulaciones, evitar situaciones que produzcan conflictos, obrando con respeto y dialogo. Lo anterior es lo que el Estado debe garantizar y resguardar a la persona, que su decisión de no prolongar su vida, haya sido efectuada de forma correcta esto es, que el médico haya informado de todas las posibilidades que el enfermo podía tener, dar conocimiento exacto de su enfermedad, ver que su solicitud haya sido realizada libre y espontánea, que no haya sido forzado ni por su familia ni médicos tratantes a optar por esta vía y que una comisión evalúe si es procedente el acto. Nuestro objetivo será determinar, mediante el estudio de un importante número de fallos de distintos países y por supuesto, de Chile. Constituye, sin duda alguna, la eutanasia y el SMA, uno de los tópicos presentes en nuestro Derecho con más debate doctrinal-ya sea jurídico, religioso, científico, antropológico, etcétera- como veremos a lo largo de este trabajo, es esta la justificación de su estudio.es_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/7725
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Andrés Belloes_ES
dc.subjectEUTANASIAes_ES
dc.subjectLegislaciónes_ES
dc.subjectMUERTE ASISTIDA ASPECTOS JURIDICOSes_ES
dc.titleLegalización eutanasia como opción a una muerte dignaes_ES
dc.typeTesises_ES
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