Tráfico de fauna silvestre

dc.contributor.advisorAvila Valdivia, Rosa
dc.contributor.authorFischer López, Ximena
dc.contributor.authorFuentes Jara, Mindy
dc.contributor.editorFacultad de Ciencias Jurídicas
dc.date.accessioned2019-12-26T14:42:54Z
dc.date.available2019-12-26T14:42:54Z
dc.date.issued2002
dc.descriptionTesis (Licenciado en Ciencias Jurídicas)es
dc.description.abstractMuchas generaciones han tratado de explicar con lucidez las relaciones entre el ser humano y el Planeta Tierra. Conocidas son las limitaciones de nuestros recursos naturales, sólo una razón inexplicable puede llevar al hombre a sobre explotar sus recursos hoy, ajeno a las consecuencias que esto tendrá mañana. La conciencia generalizada de que se está llevando a cabo un modo de desarrollo fundado en principios capitalistas que son los que determinan la conducta social y económica, ha impulsado una respuesta cada vez más vigorosa de la sociedad para reconducir la manera de actuar frente a nuestros recursos. El Derecho está siendo sensible a esta nueva demanda social y está dando paulatinamente respuestas jurídicas a las interrogantes ambientales. De entre todas ellas quizás la de mayor relevancia teórica es la que concibe el medio ambiente adecuado como un derecho humano. Los derechos humanos se han convertido en el parámetro clave de nuestro desarrollo social. Se ha asumido la existencia del derecho al medio ambiente sin ningún tipo de pretensión acerca de su conceptualización así lo prueba el texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y el estudio de las Constituciones ya sean nacionales o internacionales. Sin ser un documento referido explícitamente al medio ambiente, es conveniente recordar que en la Declaración de las Naciones Unidas de 1948 encontramos una primera base sobre la que se ha podría asentar el derecho al medio ambiente adecuado, cuando se dice que: "toda persona tiene el derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar...". Así, posteriormente, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 hace ya referencia expresa a la necesidad de mejorar el medio ambiente como uno de los requisitos para el adecuado desarrollo de la persona. Es así como la Constitución Política de la República de Chile de 1980 recoge estos parámetros en su articulo 19 "La Constitución asegura a todas las personas: No 8. El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.es
dc.identifier.urihttp://repositorio.unab.cl/xmlui/handle/ria/11588
dc.language.isoeses
dc.publisherUniversidad Andrés Belloes
dc.subjectDerecho Comparadoes
dc.subjectChilees
dc.subjectLey no. 19.473es
dc.subjectFauna Silvestrees
dc.subjectProtecciónes
dc.titleTráfico de fauna silvestrees
dc.typeTesises
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