Responsabilidad médica: imputación y exclusión jurisprudencia nacional
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Date
2008Author
Muñoz Tapia, Rodrigo Alejandro
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-advisor
Cárdenas, HugoLanguage
esPublisher
Universidad Andrés BelloMetadata
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"Sobre el campo el agua mustia
cae fina, grácil, leve;
sobre el campo cae angustia:
llueve.
Y pues solo en amplia pieza
yazgo en cama, yazgo enfermo,
para espantar la tristeza,
duermo".
La angustia de Carlos Pezoa Véliz, suspirada una ''Tarde en el Hospital" Alemán de
Valparaíso - al igual que la de todos los enfermos - , encuentra tranquilidad en el
Juramento Hipocrático de los médicos, que, en algunas de sus partes, les compromete:
"de acuerdo con la ley médica", "iré por el beneficio de los enfermos", "de acuerdo con mi poder y discernimiento será en beneficio de los enfermos y les apartará del perjuicio y el terror". En casos excepcionalísimos es posible que se genere daños y, en algunos de
tales eventos, también es posible que se origine la obligación de indemnizarlos. ¿Cuál es el fundamento de la diferencia? Es la interrogante que abordaremos. Adentrarnos en los
motivos que sostienen esta diferencia será nuestra tarea, radicada en la frontera entre la
responsabilidad e irresponsabilidad. Pretendemos que conceptos relacionados con la
correcta aplicación de la lex artis por una parte y los parámetros que ayudan a
conceptualizar la culpa por otro, entreguen las herramientas para poder determinarla, sin
desatender las causales de limitación de responsabilidad como es el error y el caso
fortuito.