Examinando por Autor "Rivadeneira M., Carlos"
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Ítem El contrado de salud previsional, relación jurídica entre afiliado e isapres : reforma a la Ley 18.933 dualidad del sistema de salud en Chile(Universidad Andrés Bello, 2006) Manterola Hernández, Franco; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoEn este capítulo se analizará la situación contractual que se genera una vez suscrito el contrato de salud entre el afiliado y una isapre. Para estos efectos, se considerará la postura que sostiene que dicho contrato no representa un contrato común y corriente, puesto que ambas partes no se encuentran en una situación de igualdad, ya que el afiliado detenta una posición desventajosa que menoscaba sus derechos frente a la institución de salud previsional en materia de igualdad frente a la ley (Gatica, 1990), materia que se desarrollará a lo largo de este trabajo. La posición citada en el párrafo anterior es de suma importancia, toda vez que se analicen a lo largo de este documento las razones que motivaron la reciente reforma a la ley 18.933 que regula a las Isapres.Ítem Del patrimonio reservado de la mujer casada, y de la evolución normativa de la capacidad legal de la mujer(Universidad Andrés Bello, 2007) Díaz González, Pablo Andrés; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias Jurídicas.Interesante es siempre escribir acerca de los regímenes patrimoniales y de lo que ellos pueden ofrecernos. He dedicado estas líneas en particular al Patrimonio Reservado de la Mujer Casada, pues ante él, nos encontramos frente a una institución jurídica de excepción, que invierte la igualdad de los cónyuges ante el Derecho, al no ser este un beneficio a favor de ambos, sino que por el contrario, estamos frente a un beneficio que sólo mira en favor de la mujer, qujen puede acceder a su formación cuando cumple determinados requisitos taxativamente dispuestos por el legislador. La pregunta que salta a la vista es ¿por qué? Quienes somos relativamente jóvenes no concebimos un mundo de diferencias tan fuertes en la adquisición y administración de bienes y Derechos, sino todo lo contrario, somos unos enamorados de las igualdades, especialmente en cuanto a garantías se refiere. En especial los que tenemos alguna preparación jurídica, nos mostramos un tanto incómodos ante los beneficios y provechos sin causa justa o aparente, que finalmente rompen la igualdad de las partes y de las prestaciones. En el presente trabajo de investigación se da respuesta a esa y otras preguntas, tales como ¿se justifica?, ¿tiene utilidad práctica? Etcétera. Para ello presento esta investigación histórico dogmática, tratando de interpretar con ella el espíritu de la ley e intentando acabar lo más posible el instituto jurídico al que hago alusión. Creo que lo más interesante es saber si realmente la posibilidad de formar un patrimonio "extra reservado" que posee la cónyuge, cumple con anhelos de justicia y equidad, prioridad principal, de todo enamorado del Derecho.Ítem Diversos aspectos de la concesión de recursos en Chile(Universidad Andrés Bello, 2009) Ruiz-Tagle Rodríguez, María Paz; Guzmán González, Jorge César; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoLa Memoria que con esta líneas comenzamos, se enmarca en el ámbito del Derecho Minero, que en cuanto disciplina de estudio, ha sido comúnmente enmarcado dentro del área del Derecho Económico,. Dentro del área mencionada se intentará una aproximación a una interpretación sistémica de nuestra normativa minera y energética, a fin de conformar una noción positiva de ciertos aspectos que podrían entenderse como parte de un derecho de recursos naturales distinto al tradicional derecho medio ambiental. El objeto de análisis de la presente tesis, será el conflicto existente entre concesionarios titulares de derechos de distinta naturaleza y objeto, que pretenden ejercer derechos que poseen sobre un terreno superficial determinado y la forma en que nuestro ordenamiento jurídico resuelve dicho conflicto.Ítem Incapacidad para dar un consentimiento matrimonial en el derecho canónico, reconducción al derecho matrimonial civil chileno : análisis de las causales de nulidad canónicas motivadas por anomalías psíquicas, relacionadas con sus similares de la ley de matrimonio civil número 19.974 publicada el año 2004(Universidad Andrés Bello, 2008) Esposito Palma, Bianca Rafaella; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias JurídicasExisten varias razones por las cuales me interesó el tema de estudio e investigación del Derecho Canónico, más precisamente el estudio sobre la nulidad canónica con sus causales “psicológicas”. Más ahora con la publicación de la nueva Ley de Matrimonio Civil Nº 19.947, publicada el año 2.004. Por tanto, me interesa exponer el desarrollo doctrinal y jurisprudencial que han tenido en el Derecho Canónico las causales de nulidad matrimonial canónica relacionada con aspectos sicológicos. En la medida que estas causales canónicas son asumidas por la Ley Civil Chilena, todo lo avanzado en la ciencia del Derecho Canónico (legislación, doctrina y jurisprudencia), por la Iglesia Católica, maestra de la humanidad, debería ser aprovechado en materia civil, ganando el país, varios lustros en materia de sabiduría jurídica. Lo que se pretende es delimitar el contenido del consentimiento matrimonial, sobre la base de los elementos esenciales de éste, que se relacionan con aspectos más sicológicos que determinan su virtualidad o eficacia jurídica, lo que incidirá en la existencia o inexistencia del matrimonio según su validez o nulidad. Esto dice relación tanto a la validez civil como a la canónica, ya que se podrán invocar los mismos hechos para configurar causales en ambos ordenamientos dadas las expuestas similitudes. Con la publicación de la nueva Ley de Matrimonio Civil Nº 19.947, se cambia toda la interpretación que se tenía hasta hoy en día, ya que las nuevas causales de nulidad civil son tomadas del Derecho Canónico y se relacionan íntimamente con anomalías de naturaleza psíquica. Cabe tener presente, que esta necesidad viene dada por la gran cantidad de personas, respecto de las cuales se darían estas causales, cada vez más numerosas, según confirman estadísticas, en la medida que la vorágine del mundo moderno facilita inestabilidades emocionales que configuran anomalías psíquicas: desde una grave inmadurez afectiva hasta alguna patología mayor.Ítem Libertad de conciencia en el derecho chileno : una manifestación concreta ; la libertad religiosa(Universidad Andrés Bello, 2008) Moya Muñoz, Viviana Lorena; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de DerechoEl objetivo de este trabajo es plantear la regulación de la Libertad de Conciencia en el Derecho chileno y concretamente establecer que una manifestación de ello es la Libertad Religiosa. La Libertad de r:onciencia y Religiosa son entendidas hoy como un Derecho Fundamental, así lo han manifestado los diferentes tratados. pactos y constituciones internacionales, nuestra propia Cart.a Fundamental indica que la Libertad de Conciencia es un derecho fundamental y que como tal goza de ciertas garantías y son la Constitución y las leyes las encargadas de velar por dicho cumplimento. El análisis del tema en cuestión, esto es "Libertad de conciencia en el Derecho Chileno: Una manifestación concreta; la Libertad Religiosa" será divido en tres grandes capítulos, a saber, el primero de ellos abarcará lo relativo a la Libertad de Conciencia, el concepto que entrega la Constitución Política, los diferentes tratados y pactos internacionales v asimismo en el derecho comparado. se analizará la evolución histórica a nivel constitucional del concepto y su consagración como un Derecho Fundamental tutelado por el Estado, la Constitución y las leyes. El estudio de esta libertad se hace urgente v necesario, pues es a partir de este que se consagra la libertad de cultos y la libertad religiosa en nuestro ordenamiento jurídico, tema que además es centro de análisis del segundo capítulo del presente trabaio. El segundo capítulo, como adelantaba, se concentrará en explicar en qué consiste la libertad religiosa, cuáles son sus alcances y límites, cómo se ha convertido en un Derecho y cuáles son sus elementos esenciales, todo esto para llegar al tercer y último capítulo el cual es el objetivo de la investigación. determinar la manifestación concreta y explícita de la libertad de conciencia. siendo esta la libertad religiosa expresa en la ley 19.618 denominada la ley de cultos ...Ítem Matrimonio canónico : nupcial, propiedades esenciales y estudio de las incapacidades para contraer matrimonio canónico y sus similitudes con los impedimentos para contraer matrimonio en el derecho civil(Universidad Andrés Bello, 2010) Silva Pérez, Natalia Cristina; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de DerechoEL Matrimonio no es un simple contrato, éste constituye el pilar fundamental de la sociedad, institución que ha sido desde siempre un tema esencial dentro de la sociedad, capaz de afectar distintas esferas sociales, tales como el derecho Civil, Político, Religioso y Económico. De este modo, no ha de extrañar que nuestro legislador en reconocimiento de la importante función que cumple el matrimonio, lo considere en el artículo primero de nuestra Constitución como el "Núcleo Fundamental de la Sociedad". El Jurista José D'Aguano decía que mediante el matrimonio, "se originan relaciones jurídicas permanentes, que interesan, no solamente a los individuos que las contraen, sino también a la sociedad entera; por lo cual no es posible aplicar las mismas reglas comunes a todos los contratos. Con el matrimonio nacen ante todo vínculos afectivos entre las personas que se unen, los cuales son de carácter ético porque tienden al mejoramiento del individuo y al bienestar social". Desde una perspectiva sociológica el matrimonio es un instrumento constructor del nomos, es decir, el matrimonio es un elemento normador, dicha institución "crea para el individuo el tipo de orden que le permite experimentar su vida como provista de sentido"1 dentro de la sociedad.Ítem Matrimonio canónico y matrimonio civil : similitudes y diferencias(Universidad Andrés Bello, 2008) Yañez Araya, Felipe; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias JurídicasDesde hace un tiempo, el país ha experimentado una serie de cambios, ya sea en el aspecto económico, social, y por cierto jurídico. Se trae con ello una suerte de revoluciones, que permiten nuevamente formular aspectos básicos de nuestra legislación, entre ello integrar y plasmar un nuevo modelo jurídico matrimonial en el ordenamiento que rigió el país por años. Con todo, en el orden matrimonial y por cierto a través de un estudio exhaustivo, podemos identificar ciertas instituciones comunes, mirado desde un punto ontológico, para un par de ordenes jurídicos; el ordenamiento jurídico matrimonial Chileno, y el ordenamiento jurídico matrimonial Canónico. Se han formulado cambios importantes, ya sea en cuanto al aspecto formal, como a lo sustantivo en las relaciones que se prestan dentro del matrimonio y fuera de este una vez disuelto o declarado nulo, sus formas de nacer a la vida jurídica, y por cierto la innovación mas importante del punto de vista valórico y normativo, ha sido las nuevas formas de anulación y disolución del vinculo matrimonial. Asunto que ha provocado entregar un cierto cuestionamiento por parte de la Iglesia Católica, y enfrentar dichos cambios formulados a la antigua ley de matrimonio civil, entregando la posición de la iglesia y dando a conocer un marcado desacuerdo con los cambios formulados, sobre todo con la incorporación de una nueva institución Jurídica; el divorcio con disolución de vinculo. La Iglesia Católica, acerca del matrimonio, en virtud de una concepción primordial (en el capitulo primero profundizamos sobre esta materia) entiende dicho acto como; "aquella institución de derecho natural y divino positivo que se rige en primer lugar por las leyes entregadas por Dios. Por cierto, durante el desarrollo de nuestra memoria expondremos el derecho matrimonial de la Iglesia Católica latina, entendiendo por tal aquella parte del ordenamiento canónico que comprende "el conjunto de leyes propuestas o dadas por la autoridad eclesiástica y que regulan directamente la materia del matrimonio cristiano sujeta a la jurisdicción de la Iglesia". Se trata por consiguiente, del estudio del conjunto de leyes principales de derecho-natural, derecho divino-positivo eclesiástico que regulan el matrimonio de los católicos: es decir, los destinatarios de estas normas son todos los bautizados o convertidos en la Iglesia Católica y que no la hayan abandonado mediante un acto formal. En nuestro ordenamiento jurídico, las leyes divinas son parte de un asunto valórico, que aún así, son de mucha importancia para la estructura jurídica empleada en nuestro régimen legal. Principios tan importantes sostienen y ratifican los postulados de nuestra Constitución en la nueva ley, como determinar que "la familia es el núcleo fundamental de la sociedad" en su articulo primero, en su esencia muy parecida al establecido dentro del orden canónico. De lo expuesto, podemos distinguir una diversidad de conceptos en común, que son pilares bases de la institución del matrimonio. Incluso ya adelantamos algunos aspectos fundamentales, los cuales serán objeto y por cierto, los motivos que sustentan esta memoria.Ítem Reforma al sistema privado de pensiones ley N° 20.255(Universidad Andrés Bello, 2008) Dacaret Martínez, Andrea Paz; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de DerechoLa importancia de un Sistema de pensiones tanto en Chile como en el mundo radica en la importancia de entregar distintos beneficios a la población, con el objetivo de que se obtenga una calidad de vida más digna. Esto guarda relación en que llegado a una edad determinada, es propio de cada persona tener derecho a retirarse y poder gozar de una pensión que asegure tener una vida más tranquila, ya que es razonable presumir que su capacidad de trabajo y de ganancia llegada a cierta edad o bien por algún impedimento fisico o mental se vea mermada. En la práctica, la calidad de vida del trabajador remunerado no garantiza el acceso a pensiones dignas, el sistema previsional es regresivo ya que remuneraciones bajas, informalidad laboral y periodos prolongados de desempleo llevaran por consecuencia a la obtención de pensiones de menor cuantía e incluso la posibilidad de acceder a pensiones de monto mínimo. La mayona de la población y sobre todo los trabajadores con carácter de contribuyente esporádicos al sistema previsional, y sobre todo en el caso de las mujeres, las cuales no logran ahorrar lo suficiente durante su vida como para financiar una pensión de ve¡ez. En ayuda de lo anteriormente expuesto, el Estado en su rol de garantizador de derechos prevé estas situaciones y va en ayuda de las personas que no pueden acceder a una pensión por sus propios medios. Estimaciones recientes apuntan a que la mayoría de los afiliados al sistema privado de pensiones no financiará con sus ahorros una pensión superior a la mínima garantizada por el estado. En realidad gran parte de ellos, sobre todo en el caso de las mujeres, no podrá siquiera acceder a una pensión mínima al no reunir los 20 años de cotización requeridos. En nuestro país, el Sistema de pensiones ha ido en ascenso en el sentido de que se ha tratado de mejorar sus deficiencias para así obtener mayores y mejores beneficios. Cabe señalar que antes del 1989 los derechos de las personas, se entiende por estos los esenciales a ellos, los cuales ya gozaban de jerarquía constitucional, y por lo tanto la reforma sólo busca perfeccionar estos derechos...Ítem El sistema privado de pensiones chileno y los principios de solidaridad y suficiencia(Universidad Andrés Bello, 2007) Durán Guerra, María José; Pérez Vivallo, Daniela Ivalou; Rivadeneira M., Carlos; Facultad de Ciencias JurídicasEl objetivo principal de esta investigación es justamente relacionar lo sostenido por la Iglesia Católica y la Doctrina civil, para que de alguna u otra forma tratar de buscar coincidencias que permitan una íntegra colaboración de sectores de la sociedad, tendientes a proteger un punto común, cual es la suerte que corren miles de personas disconformes con la protección social que el Estado les ofrece, o más bien dicho, con las personas más desprotegidas y mermadas de esta sociedad al ser excluidas de todo beneficio del Sistema de Previsión Social Chileno, caracterizado por un aire capitalista.