Examinando por Autor "Zepeda Arancibia, Jorge"
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Ítem Análisis crítico-comparado del debido proceso a la luz de la regulación internacional y del proceso penal chileno(Universidad Andrés Bello, 2012) González Arenas, Diego Nicolás; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de Ciencias JurídicasEn el derecho como disciplina hallamos un fenómeno particularizado que se denomina habitualmente como “debido proceso”, el que a su vez aparece como observador con diversos contenidos procesales; en este ámbito el contenido del debido proceso “penal”, es no solo uno de ellos, si no que quizás el más trascendente de ellos. Es por lo mismo que se enfocara en una constante conexión por lógica con el derecho penal sustantivo, pero también de modo relevante con el derecho constitucional. Por lo mismo es necesario manejar de manera idónea desde los conceptos más generales y amplios, hasta los más particulares y específicos que componen este principio del derecho que tiene gran aplicación en todo ordenamiento jurídico. Como primer arista de esta investigación, será el enfocarse y tratar de demarcar específicamente el espectro en el que se justifica la existencia de esta garantía constitucional en nuestro ordenamiento jurídico emanada principalmente de los incisos 4° y 5°, del n° 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la Republica “ Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señales la ley que se halle establecido con anterioridad por esta”, “ toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”; con la que contara toda persona en Chile que sea objeto de una investigación por un supuesto hecho constitutivo de delito, con el fin de poder hacer tal principio exigible y practico en un racional y justo procedimiento. Así es como todo ordenamiento procesal tendrá su fundamentación en la garantía primaria mencionada someramente. Este sistema garantista tutela automáticamente valga la redundancia las propias garantías que en él se reconocen. La falta en que se incurra a las garantías del imputado se traduce en la nulidad de las diligencias de la investigación como se ahondara mayormente en el desarrollo del trabajo. Actualmente en Chile se le dio tal relevancia en nuestra normativa procesal penal a esta garantía que el artículo 1° del Código Procesal Penal prescribe y el 160 del mismo cuerpo legal presume de hecho un perjuicio si la infracción de alguna de estas sub-garantías denunciada hubiere impedido el pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y la demás leyes. Lo que finalmente ha conllevado un notable avance en lo que es aplicación de este principio y su cautela en pos de los intervinientes en el proceso penal chileno actual en comparación con el antiguo contemplado en el código de procedimiento penal de a principios de siglo. Está claro que la relevancia jurídico-social que ha adquirido en las últimas décadas las diversas manifestaciones del principio del debido proceso en los ordenamientos jurídicos de distintos países y su evolución para una mejor cautela produce un interés en su estudio crítico de su aplicación chilena en la historia y como este ha ido mejorando en sus manifestaciones y respectivas consagraciones en los distintos cuerpos normativos de la nación. Ha sido de tal trascendencia para el legislador el debido proceso que mas allá de su consagración constitucional se llego con la reforma procesal penal en el nuevo código a una codificación en diversas normas contempladas en él lo que le da una mayor connotación aun. Ya habiendo delimitado superficialmente el espectro de aplicación, denotando su importancia para todo aspecto jurídico-normativo de cada Estado y sus ciudadanos, con este trabajo se analizara, describirá, comparara y pondrá en conocimiento cada uno de los elementos constitutivos, como consecuenciales, siendo estos últimos las garantías derivadas del debido proceso con las que cuenta en el actual proceso penal la persona sindicada con algún grado de participación como autor, cómplice o encubridor de un delito, señalando su importancia ya sea para el procedimiento en general, como para las etapas anteriores a la constitución del proceso con el respectivo tribunal sea este un simple tribunal de garantía o un complejo tribunal oral en lo penal, logrando vislumbrar de esta forma su verdadera aplicación actualmente en el actual Código procesal penal chileno, en razón de establecer el nivel de avance que ha tenido este principio dentro de las legislación chilena, pudiendo así realizar un análisis crítico con respecto a las regulaciones internacionales y regionales que tienen como arista el debido proceso, y así descubrir las falencias que se mantienen aun con respecto a la práctica del justo proceso en Chile, para que así se cumpla el objetivo de cumplir de manera integra con las distintas exigencias establecidas sea por la Constitución en concreto o por la doctrina en abstracto; siendo que en caso desfavorable para las pretensiones de inocencia o absolución del autor delictual, se tenga la plena convicción de que sus derechos fueron respetados y que la condena no fue una decisión arbitraria del tribunal, pudiendo de esta forma soportar de mejor forma la imposición de una represión de carácter penal.Ítem Análisis crítico-comparado del debido proceso a la luz de la regulación internacional y del proceso penal chileno.(Universidad Andrés Bello, 2014) González Arenas, Diego Nicolás; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de DerechoINTRODUCCIÓN: En el derecho como disciplina hallamos un fenómeno particularizado que se denomina habitualmente como “debido proceso”, el que a su vez aparece como observador con diversos contenidos procesales; en este ámbito el contenido del debido proceso “penal”, es no solo uno de ellos, si no que quizás el más trascendente de ellos. Es por lo mismo que se enfocara en una constante conexión por lógica con el derecho penal sustantivo, pero también de modo relevante con el derecho constitucional. Por lo mismo es necesario manejar de manera idónea desde los conceptos más generales y amplios, hasta los más particulares y específicos que componen este principio del derecho que tiene gran aplicación en todo ordenamiento jurídico. Como primer arista de esta investigación, será el enfocarse y tratar de demarcar específicamente el espectro en el que se justifica la existencia de esta garantía constitucional en nuestro ordenamiento jurídico emanada principalmente de los incisos 4° y 5°, del n° 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la Republica “ Nadie puede ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señales la ley que se halle establecido con anterioridad por esta”, “ toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá al legislador establecer siempre las garantías de un procedimiento y una investigación racionales y justos”; con la que contara toda persona en Chile que sea objeto de una investigación por un supuesto hecho constitutivo de delito, con el fin de poder hacer tal principio exigible y practico en un racional y justo procedimiento. Así es como todo ordenamiento procesal tendrá su fundamentación en la garantía primaria mencionada someramente. Este sistema garantista tutela automáticamente valga la redundancia las propias garantías que en él se reconocen. La falta en que se incurra a las garantías del imputado se traduce en la nulidad de las diligencias de la investigación como se ahondara mayormente en el desarrollo del trabajo. Actualmente en Chile se le dio tal relevancia en nuestra normativa procesal penal a esta garantía que el artículo 1° del Código Procesal Penal prescribe y el 160 del mismo cuerpo legal presume de hecho un perjuicio si la infracción de alguna de estas sub-garantías denunciada hubiere impedido el pleno ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución y la demás leyes. Lo que finalmente ha conllevado un notable avance en lo que es aplicación de este principio y su cautela en pos de los intervinientes en el proceso penal chileno actual en comparación...Ítem La conciliación y la mediación en el proyecto de reforma procesal civil.(Universidad Andrés Bello, 2012) Echeverría Castellón, Sebastián Aníbal; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de DerechoINTRODUCCIÓN: La función jurisdiccional del Estado ha impuesto, por su naturaleza, una serie de desafíos que exigen la adaptación constante de sus instituciones a las circunstancias cambiantes de la sociedad en que se inserta. Así, como un conjunto de mecanismos de solución de conflictos que pretenden superar la auto-tutela, los procedimientos judiciales persiguen preservar la paz social ofreciendo, como última ratio, un mecanismo de resolución de litigios entre partes dotado de una fuerza ejecutiva monopolizada por el Estado. Por otro lado, el actual procedimiento civil no se ajusta al presente de las necesidades prácticas ni dogmáticas de la sociedad chilena que busca acercarse a las sociedades más desarrolladas de la Europa continental De acuerdo a tales desafíos, las tareas referentes tanto a disponer un sistema pacífico de resolución de conflictos en los ámbitos civil, mercantil, laboral y de familia, tanto en su componente normativo como en su implementación orgánica, acaban acumulándose a las funciones legislativas sustanciales que deben cumplir los órganos del Estado en beneficio de la conservación, promoción de la paz y el desarrollo social. Sin embargo, no menos ciertas resultan aquellas afirmaciones según las cuales un acuerdo entre las partes en conflicto gozaría de muchas más posibilidades de ser cumplido por éstas que el dictamen de un tercero imparcial al cual se haya confiado la resolución de un conflicto. Nuestro actual Código de Procedimiento Civil (CPC) ha experimentado, desde el momento de su implementación, un significativo número de reformas y modificaciones tendientes a adecuar el cursos de los procedimientos judiciales tanto a los medios técnicos disponibles como a las necesidades que impone una adecuada función jurisdiccional y, en lo posible, rápida sustanciación de los procedimientos que se llevan a cabo. A pesar de aquellos, la necesidad de la actividad de los tribunales, ha evidenciado una saturación de la carga de trabajo, así lo ha evidenciado el propio Poder Judicial en su memoria anual, el cual señalo que entre los años 2000 y 2005 los ingresos de causas civiles un aumento de un 58%, es decir de 630.000 a 985.000, lo cual es una cifra muy superior en comparación con pares latinoamericanos.Ítem El control de la sana crítica a través del recurso de casación.(Universidad Andrés Bello, 2013) San Martín Hernández, María Ignacia; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de DerechoLa labor de este trabajo es presentar y desarrollar la teoría de que es posible que la dictación de una sentencia, basada en una incorrecta aplicación de las reglas de la lógica o una omisión de estas de un incorrecto resultado y dicho resultado pueda ser susceptible de ser impugnada vía recurso de casación. En consecuencia, el objeto de este trabajo es establecer, aclarar y dilucidar los elementos y las características que integran la sana crítica, evaluando también sus limitantes, componentes y su aplicación en la jurisprudencia nacional.Ítem Criterios doctrinales ante los delitos sexuales en infantes(Universidad Andrés Bello, 2007) Canto Lagos, Alejandra del; Zepeda Arancibia, Jorge; Zepeda Arancibia, JorgeCada vez son mas los niños que relatan haber sido víctimas de delitos como violación, estupro, sodomía, abusos sexuales, prostitución y pornografía infantil, siendo más frecuentes la violación y el abuso sexual; delitos de los que nos ocuparemos exclusivamente. Por otro lado aún es grande el numero de atentados sexuales que ocurren. Según Policía de Investigaciones de Chile, al año se producen 4.500 abusos. sin contar las llamadas cifras negras, que son aquellas estadísticas que señalan cuantos delitos quedan sin denunciar, los cuales según la misma fuente, son 7 casos. Esto queda sin denunciar debido a numerosas razones, la más frecuente es que el agresor sexual es un conocido de la víctima pudiendo incluso ser un pariente cercano, por lo que la gran mayoría de las veces las víctimas no denuncian por cuanto su agresor intimida a su víctima infringiendo miedo o, sin haber intimidación alguna, escogen no denunciar porque tienen la creencia de que nadie creerá lo que están afirmando. En algunos casos el agresor sexual no necesariamente es un familiar, sino que una persona relacionada con la víctima, un conocido de esta, de modo que para poder perpetrar su acto utilizan el engaño para lograr la confianza del niño y así proceder a atentar contra el menor. UNICEF ha definido el maltrato infantil como "cualquier acción u omisión no accidental que provoque daño físico o psicológico a un niño por parte de sus padres o cuidadores. Pueden ser ocasionales o habituales y pueden consistir en actos de violencia sexual, física o emocional, sea en el grupo familiar o en instituciones sociales". Todos estos temas serán abordador con mayor rigurosidad en la presente tesis, esperando aportar al tema de los delitos sexuales y así otorgar un nuevo y fresco punto de vista jurídico y jurisprudencial.Ítem Delitos económicos y su tramitación: la medida cautelar de prisión preventina en materia de cheques(Universidad Andrés Bello, 2011) Elgueta Peña, Miguel; Vásquez Gallardo, Natalia; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoLos sujetos de la actividad económica financiera que utilizan el cheque en sus negocios tienen una idea acerca de lo que es este documento; a su vez, también las personas que ocasionalmente lo emplean para satisfacer las necesidades de la vida cotidiana, como por ejemplo el pago del suministro del agua. No se puede ignorar que el cheque es un documento que contiene una orden de pago relativa a una suma fija de dinero, que se hace efectivo ante el banco que el mismo título señala. De esto nos interesa analizar el cheque en cuanto a la función legal dentro de este marco que desempeña, en lo relativo a su carácter de titulo de crédito y en lo concerniente a las relaciones jurídicas que le dan origen y que están representadas en él.Ítem Menoscabo al principio de presunción de inocencia por la aplicación de la prisión preventiva fundada en el criterio de peligro para la seguridad de la sociedad(Universidad Andrés Bello, 2011) Luksic Whipple, Natalia Constanza; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de Ciencias Jurídicas; Escuela de DerechoEn el siguiente trabajo se hará particular referencia al Principio de Presunción de Inocencia, principio que es una consecuencia esencial para el Estado de Derecho en el que hoy vivimos, que es el respeto a la dignidad de la persona humana y que también es usado como una herramienta de protección contra la potestad punitiva del Estado. Este principio es calificado como una de las garantías básicas del proceso penal, más aún forma parte de un debido proceso, es tal su alcance que se trata de una de las reglas que van implícitas en el trato que se le debe dar al imputado. Este principio asegura a cada imputado su derecho a que se le considere inocente mientras no exista un juicio previo y una sentencia de condena que lo declare culpable, lo que se justifica respecto de ciertas personas que han sido consideradas como culpables, siendo en realidad inocentes. En relación a la prisión preventiva está reconocida en la actualidad como una medida cautelar personal de carácter excepcional, que impone al imputado un estado de privación de libertad temporal, teniendo por objeto asegurar la realización de los fines del procedimiento. Se ha deliberado agudamente sobre su alcance, determinadamente, sí se fundamenta en el peligro para la seguridad de la sociedad. ¿Resulta posible someter a prisión preventiva al imputado cuando resulte peligrosa su libertad para la seguridad de la sociedad?, el criterio de peligrosidad no es propio de las medidas cautelares, sino de medidas de seguridad, que son incompatibles con la naturaleza de la prisión preventiva, y así se convierten en un instrumento de política criminal, lo que harán es evaluar la peligrosidad del imputado y no su responsabilidad penal, anticipándose a la pena y menoscabando su derecho de presunción de inocencia. Se realizará un análisis doctrinario y legal con respecto a la nueva normativa que hace referencia a las medidas cautelares personales, medidas que inciden en los derechos del imputado, principalmente en su libertad, así como en la seguridad ciudadana, en especial, en cuanto la prisión preventiva, la cual tiene como uno de sus principales fines la de asegurar la presencia del imputado durante el desarrollo del proceso. También se ahondará en el sistema procesal penal, el cual debe contar con un cúmulo de medidas cautelares personales que conlleven adecuadamente al logro y protección de los objetivos del procedimiento, que son principalmente el esclarecimiento del hecho punible, la sanción al culpable, la protección de la víctima y también de la sociedad. Asimismo, este proceso debe estimar los componentes legales que garanticen la protección de las libertades individuales de las personas imputadas, de modo que las restricciones que sufran en sus derechos se produzcan cuando sean indispensables para el logro de los fines del proceso penal. Esta inspiración es garante del nuevo Proceso Penal se encuentra avalada por principios consagrados en diversos Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos. Por último, se hará hincapié en que el objetivo de las medidas cautelares personales, no debe ser la anticipación de la pena; en ese sentido se debe argumentar que la aplicación de la prisión preventiva, fundada en que la libertad del imputado es peligrosa para la seguridad de la sociedad, puede convertirse en una anticipación de la pena. Conforme lo señalado la determinación del contenido cabal de la medida cautelar fundada en la causal de peligro para la seguridad de la sociedad tiene difícil explicación a la luz de los fines del proceso penal.Ítem La prisión preventiva y los problemas en la existencia del criterio de peligrosidad social como fundamento, en la legislación nacional(Universidad Andrés Bello, 2011) Betancourt Castillo, Catalina Paz; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de DerechoEl propósito de este trabajo de tesis, es el análisis doctrinal de la medida cautelar de prisión preventiva en general, y en especial el criterio de peligro para la seguridad de la sociedad como fundamento de ella. Este es un tema de relevancia dentro del proceso penal chileno dado la frecuencia y necesidad de aplicación que hacen de esta medida cautelar, una medida controvertida puesto que se estima por diversos autores que en su aplicación se vulnerarían determinadas garantías constitucionales. En especial, la afectación de derechos ocurriría cuando la prisión preventiva se decreta justificándola en la causal de peligro para la seguridad de la sociedad., dado que la explicación para la existencia de dicha causal es poco objetiva en su exposición normativa, y no encontraría un sustento o fundamento contextual en el conjunto de principios de la actual normativa posterior a la reforma procesal penal.Ítem Procedimiento para impetrar la acción civil en el proceso penal(Universidad Andrés Bello, 2010) Ovalle González, Danilo Hernán; Zepeda Arancibia, Jorge; Facultad de DerechoEn el presente estudio se examinará la posibilidad concreta para interponer una acción civil dentro del proceso penal, al respecto, se analizará el ámbito eminentemente desigual que presentan dichas acciones, las diferencias y principales características que se presentan entre uno y otro proceso, requisitos establecidos por el legislador, oportunidades procesales para su interposición, además de las posibilidades y razones de termino del proceso penal, entre otras. Por ahora, sólo podernos adelantar que será únicamente una acción, la que triunfe en cuanto al procedimiento a aplicar se refiere, eso es lo que ocurre con la acción civil entablada en la jurisdicción penal, pues aquella, deja de tener la independencia que siempre ha proclamado, para convertirse en una acción secundaria o accesoria a la penal, la cual gobernará el procedimiento a seguir desde principio a fin.