La conciliación y la mediación en el proyecto de reforma procesal civil.
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Date
2012Author
Echeverría Castellón, Sebastián Aníbal
xmlui.dri2xhtml.METS-1.0.item-advisor
Zepeda Arancibia, JorgeLanguage
esPublisher
Universidad Andrés BelloMetadata
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INTRODUCCIÓN: La función jurisdiccional del Estado ha impuesto, por su naturaleza, una serie de
desafíos que exigen la adaptación constante de sus instituciones a las circunstancias cambiantes
de la sociedad en que se inserta. Así, como un conjunto de mecanismos de solución de
conflictos que pretenden superar la auto-tutela, los procedimientos judiciales persiguen
preservar la paz social ofreciendo, como última ratio, un mecanismo de resolución de litigios
entre partes dotado de una fuerza ejecutiva monopolizada por el Estado.
Por otro lado, el actual procedimiento civil no se ajusta al presente de las necesidades prácticas
ni dogmáticas de la sociedad chilena que busca acercarse a las sociedades más desarrolladas de
la Europa continental
De acuerdo a tales desafíos, las tareas referentes tanto a disponer un sistema pacífico de
resolución de conflictos en los ámbitos civil, mercantil, laboral y de familia, tanto en su
componente normativo como en su implementación orgánica, acaban acumulándose a las
funciones legislativas sustanciales que deben cumplir los órganos del Estado en beneficio de la
conservación, promoción de la paz y el desarrollo social. Sin embargo, no menos ciertas
resultan aquellas afirmaciones según las cuales un acuerdo entre las partes en conflicto gozaría
de muchas más posibilidades de ser cumplido por éstas que el dictamen de un tercero imparcial
al cual se haya confiado la resolución de un conflicto. Nuestro actual Código de Procedimiento
Civil (CPC) ha experimentado, desde el momento de su implementación, un significativo
número de reformas y modificaciones tendientes a adecuar el cursos de los procedimientos
judiciales tanto a los medios técnicos disponibles como a las necesidades que impone una
adecuada función jurisdiccional y, en lo posible, rápida sustanciación de los procedimientos
que se llevan a cabo. A pesar de aquellos, la necesidad de la actividad de los tribunales, ha
evidenciado una saturación de la carga de trabajo, así lo ha evidenciado el propio Poder Judicial
en su memoria anual, el cual señalo que entre los años 2000 y 2005 los ingresos de causas
civiles un aumento de un 58%, es decir de 630.000 a 985.000, lo cual es una cifra muy superior
en comparación con pares latinoamericanos.